STSJ Galicia 16/2011, 18 de Enero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 16/2011 |
Fecha | 18 Enero 2011 |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.3
A CORUÑA
SENTENCIA: 00016/2011
PONENTE: FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 7636/2009
RECURRENTE: Adelaida
ADMINISTRACION DEMANDADA:JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACION DE OURENSE
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
ILMO.SR PRESIDENTE :
IGNACIO ARANGUREN PEREZ
ILMOS.SRES.MAGISTRADOS :
IGNACIO ARANGUREN PEREZ
JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL
FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
En A CORUÑA, a dieciocho de Enero de 2011.
Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0007636 /2009 interpuesto por el Procurador/Letrado PROCURADOR D/Dña. MARIA DOLORES VILLAR PISPIEIRO y LETRADO D. GUMERSINDO FORNOS VIEITEZ en nombre y representación de Adelaida contra Resolución de 14-4-09 resolutorio de justiprecio parcela NUM000, polígono NUM001 afectada por la Obra "Ejecución del Proyecto Sectorial para Implantación de la Central de Transportes y Terminal Intermodal" t.m. San Cibrado das Viñas. Comparece como parte demandada JURADO PROVINCIAL EXPROPIACION DE OURENSE dirigido por ABOGADO DEL ESTADO.
Siendo PONENTE el Magistrado Ilmo. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron pertinente, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución impugnada en este procedimiento.
Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.
Habiéndose recibido el asunto a prueba y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 12 de Enero de 2011, fecha en la que tuvo lugar.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo determinada en 15.817,78 euros.
Que Dª. Adelaida impugna la resolución sobre justiprecio de la finca num. NUM000 del polígono NUM001 afectada por la obra "Ejecución del Proyecto Sectorial para Implantación de la Central de Transportes y Terminal Intermodal", t.m. San Cibrao das Viñas, con superficie de 1.176 m2, a monte y labradío, que el Xurado Provincial valoró a 8,62 #/m2, ascendiendo a 10.137,12#, a lo que, sumado el 5% de afección, 506,86#, importa la cantidad de 10.643,98 #, mientras que el Ingeniero Técnico Agrícola Sr. Teofilo valora en 26.461,76#, al entender que el precio del m2 ha de ser de 21,43#.
Que en las resoluciones de los Jurados de Expropiación Forzosa, considera la jurisprudencia (T.S. S.S. 18-3-1999, 4-4-2000 ) que no se necesita una justificación exhaustiva, sino que es suficiente con que la argumentación, aunque breve, sea racional con mención de los criterios utilizados para la valoración y la referencia de los elementos o factores comprendidos en la estimación, sin ser preciso descender a los datos y pormenores que han...
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