STSJ Galicia 1046/2011, 10 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1046/2011
Fecha10 Noviembre 2011

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 01046/2011

Procedimiento Ordinario Nº 4080/2010

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

Dª. CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

En la ciudad de A Coruña, a diez de noviembre de dos mil once.

En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4080/10 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Dª. Sabina, representada por D. José Martín Guimaraens Martínez y dirigida por D. Miguel Piñeiro Sánchez, contra la Resolución de 14-12-09 de la Consellería do Mar. Es parte como demandada la Consellería do Mar, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia . La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó que se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

No interesado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 3-11-11.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Magistrado Sr. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la Resolución de 14-12-09 de la Consellería do Mar que denegó a la recurrente el cambio de ubicación de la batea "E.V.T. 1" de la cuadrícula 58 del polígono H del distrito Caramiñal a la cuadrícula 43 de polígono B del distrito de Ribeira.

SEGUNDO

La resolución que es objeto de recurso denegó el cambio interesado por la recurrente porque ésta, tras haber sido expresamente requerida para hacerlo, no presentó la memoria a la que se refiere el artículo 3.2 de la Orden de 18-4-2001, en la que, según dicho precepto, tendría que haber indicado la localización y las características tanto de la cuadrícula en la estaba situada la batea como de aquélla...

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