STSJ Comunidad de Madrid 239/2007, 21 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON |
ECLI | ES:TSJM:2007:1968 |
Número de Recurso | 5884/2006 |
Número de Resolución | 239/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0005884/2006
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00239/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2006 0018811, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005884 /2006
Materia: OTROS DCHOS. LABORALES
Recurrente/s: Gerardo
Recurrido/s: NIOELIA JARDIN SL PARTEJARDIN, MANCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE
DIRECCION000, FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 34 de MADRID de DEMANDA 0000794
/2004 DEMANDA 0000794 /2004
Sentencia número: 239/07 M
Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
M. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ
MANUEL RUIZ PONTONES
Ilma. Sra. DOÑA M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
PRESIDENTA
Ilma. Sra. DOÑA M. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ
Ilmo. Sr. DON MANUEL RUIZ PONTONES
__________________________________________________
En Madrid, a veintiuno de marzo de dos mil siete, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Segunda, compuesta por los Ilmos. Srs. citados
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A:
En el recurso de suplicación número 5884/06 interpuesto por DON Gerardo, frente a la sentencia número 248/06, dictada por el Juzgado de lo Social número Treinta y cuatro de los de Madrid, el día 6 de septiembre de 2006, en los autos número 794/04, siendo ponente la Ilma. Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN.
Según consta en autos, se presentó demanda por DON Gerardo, por despido, contra NOELIA JARDÍN, S.L., habiendo sido parte el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y en su día se dictó la sentencia que ahora se recurre, que en su parte dispositiva dice:
Que debo desestimar íntegramente la demanda interpuesta por D. Gerardo contra Noelia Jardín, SL y, a su tenor, absolver a la demandada de los pedimentos contenidos en la Súplica de la misma. Dese traslado de esta sentencia a la Autoridad Laboral.
En dicha resolución se declaran probados los siguientes hechos:
1º.-Presta el demandante sus servicios por cuenta de al Empresa demandada cuando menos desde Octubre de 2003, realizando funciones de mantenimiento de jardines inicialmente por cuenta de Partejardín SL y posteriormente, desde fecha que no se ha podido precisar, de Noelia Jardín SL.
2º.- En fecha 19 de agosto de 2004 se celebró acto de conciliación ante el SMAC a instancias del demandante que resultó sin efecto.
Contra dicha resolución se interpone recurso de suplicación por el demandante, con intervención de la Letrada DOÑA MARÍA ISABEL MOAR BURGOS, habiendo sido impugnado de contrario por el ABOGADO DEL ESTADO, en representación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. Recibidas las actuaciones en esta Sala...
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