STSJ Comunidad de Madrid 457/2006, 23 de Mayo de 2006

PonenteMARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJM:2006:4035
Número de Recurso1480/2006
Número de Resolución457/2006
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCONMARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZMANUEL RUIZ PONTONES

RSU 0001480/2006

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00457/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/

GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2006 0014387, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001480 /2006-M

Materia: DESPIDO DISCIPLINARIO

Recurrente/s: BANCO ESPAÑOL DE CREDITO SA

Recurrido/s: Ángel

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de MADRID de DEMANDA 0000933

/2005 DEMANDA 0000933 /20

Sentencia número.: 457/06-M

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

En MADRID a veintitrés de Mayo de dos mil seis

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Limos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española ,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 0001480 /2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MIGUEL TOMAS LOPEZ MARTINEZ-REY, en nombre y representación de BANCO ESPAÑOL DE CREDITO SA, contra la sentencia de fecha 22 de Diciembre de 2005, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 004 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000933 /2005 , seguidos a instancia de Ángel frente a BANCO ESPAÑOL DE CREDITO SA, en reclamación por DESPIDO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Ángel ha venido prestando sus servicios profesionales por cuenta y dependencia de la Entidad demandada, con antigüedad del 9-8-76, con la categoría profesional de Técnico Nivel 5 y percibiendo un salario anual bruto de 37.190,90 euros ( 3.099,24 euros mensuales) con inclusión de la parte proporcional de las pagas extras y desglosado en los siguientes conceptos:

Salario base: 23.723,46 euros

Trienios antigüedad: 4.604,80 euros

Trienios Técnico: 2.702,09 euros

Bolsa vacaciones: 123,90 euros

Pluses convenio: 1.814,45 euros

Complemento puesto trabajo: 4.222,20 euros

SEGUNDO

La parte actora no ha ostentado representación legal o sindical de los trabajadores.

TERCERO

El día 29-9-05, el actor recibió mediante burofax, un carta de la empresa demandada notificándole su despido disciplinario con efectos del día 28-9-05 imputándole que a raíz del informe de fecha 22 de los corrientes han tenido conocimiento que contrariamente a los deberes básicos mínimamente exigibles, el actor a pesar de estar de baja por IT desde el uno de Junio, lo cual le impedía la asistencia al trabajo, sin embargo ha venido desarrollando actividades incompatibles con su situación de baja, obstaculizando o demorando su necesario restablecimiento. En concreto se indica que ha venido dedicándose entre 11 y 12 horas diarias a sus negocios particulares, con plena actividad laboral, girando visitas a numerosos clientes y acudiendo diariamente entre otras a las empresas ASAFA GESTION DE EMPRESAS S.L., de la que es su esposa Administradora, y a GLOBAL SIEM GROUP S.L. de la que el actor es consejero Delegado desde el 2005. A continuación se le indican las actuaciones llevadas a cabo por su parte en tres días concretos, de la forma que se refleja en el documento 4 de los aportados por la empresa y cuyo contenido se da aquí por reproducido, y finalmente se concluye en el sentido de señalar que durante su situación de baja por IT se viene dedicando habitualmente a otras actividades incompatibles con su situación, por lo que tales hechos son constitutivos de un incumplimiento contractual gravé y culpable por transgresión de la buena fe contractual y de un abuso de confianza, tipificado en el artículo 54-2 d) E.T . así como de una falta muy grave por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza del artículo 53 del convenio colectivo, por lo que se ha acordado sancionarle con el despido. La sanción de despido consta que fue notificada al comité de Empresa conjunto en fecha 18 de Octubre, mostrando su no conformidad.

CUARTO

Consta que el día 17 de Junio del 2005 el actor salió de su domicilio en coche hacia las 9 horas, y accedió al local situado en el n° 9 del Paseo de las Acacias de Coslada, ciudad en la que reside el actor, y dirección en la que se encuentra domiciliada la empresa ASAFA GESTION DE EMPRESAS S.L. A las 11 horas abandonó el local llevando una carpeta y revisando unos papeles de la misma que procede a introducir en el maletero, dirigiéndose en coche a la Calle Luis Grasset, 8 de la misma localidad, dirección en la que se encuentra domiciliada la empresa SOLUCIONES INFORMATICAS 2000 S.L. Llama al timbre y al no obtener respuesta abandona a pie dicho lugar tras coger unos papeles del maletero dirigiéndose a una sucursal de BAnesto, y a las 12,45 horas vuelve a llamar al número 8 de la Calle Luis Grasset 8 sin obtener tampoco respuesta, por lo que sube a su vehículo y se marcha del lugar. A las 13 horas tras estacionar el vehículo accede al número 5 de la Calle Alejandro Machicado tras coger un portafolios del coche_ Dicha dirección corresponde a una vivienda de dos plantas. A las 13,35 horas abandona el lugar en coche hasta llegar a la localidad de Torrejón de Ardoz hacia las 13,54 horas donde entra en las oficinas de Embutidos Estevez S.A. en la Calle industrias, 2. Permanece allí una hora y luego se dirige a un restaurante a comer. A las 16 horas se dirige en coche a la calle del Alamo,35 en Torrejón de Ardoz donde se encuentra la empresa Unicar Import S.L. tras coger su carpeta del coche. Al cabo de una hora sale de la nave de dicha empresa y se dirige al Autolavado de coches. A las 16,59 horas estaciona su vehículo en la Calle de la Circunvalación de Torrejón de Ardoz y entra en un edificio sin número con su carpeta, sale de allí a los diez minutos y se dirige a la Calle Salamanca del municipio de Fuente El Saz hacia las 17,48 horas. Coge su carpeta y accede al número 4 de dicha calle donde permanece hasta las 17,59 horas. A las 18,26 llega a la Calle Los Almendros de Coslada y entra en el número 9 del Paseo de las Acacias. Sale de dicho local a las 22,01 horas dirigiéndose a su domicilio.

El día 11 de Julio del 2005 el actor salió de su domicilio hacia las 10 horas y se dirigió en vehículo a la calle Dr. Gómez Ulla, 6 de Madrid, donde tras estacionar su vehículo accedió al número 4 de la Calle Ruiz Perelló, que es el domicilio social de la empresa GLOBAL SIEM GROUP S.L. Permanece en ese lugar desde las 10,30 horas hasta las 13,50 horas, y a las 14,32 horas entra en el local del Paseo de las Acacias 9 de Coslada. A las 17,50 horas se marcha del local en su vehículo hasta la Calle Luis Grasset, 8 de Coslada permaneciendo hasta las 18,46 horas, portando una bolsa de plástico y regresa al local del Paseo de las Acacias, marchándose del mismo a las 21,50 horas en dirección a su domicilio en el que permanece.

El día 21 de Julio del 2005 el actor salió de su domicilio a las 9,30 horas y se dirige a una oficina de La Caixa. Permanece 10 minutos y se dirige al Polígono Industrial Las Monjas en Torrejón de Ardoz, accediendo al número 32 de la Calle Ecuador junto con otra persona, domicilio en el que se encuentra la empresa CEDECAR. A las 13,22 horas sale de dicha empresa y se dirige en coche a la Calle Olmo en Torrejón de Ardoz, entrando en el...

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