STSJ Comunidad de Madrid 1591/2005, 17 de Febrero de 2005

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO
ECLIES:TSJM:2005:15216
Número de Recurso814/2003
Número de Resolución1591/2005
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JESUS CUDERO BLASMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCOCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINAMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANOEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 01591/2005

Recurso Núm. 814/03

Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm.1591

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

En la Villa de Madrid, a 17 de noviembre de 2005.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 814/03 promovido por doña Esther contra la Resolución dictada en fecha 28 de enero de 2003 por la Dirección General de Recursos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en la que se denegó la reclamación de cantidad de la recurrente en concepto de diferencias retributivas por puesto de trabajo desempeñado en comisión de servicio en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 1998 y el 15 de junio de 2001; habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada y defendida por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se deje sin efecto la Resolución recurrida y se declare el derecho de la actora a percibir los complementos de destino y especifico en la cuantía solicitada por la misma, con abono de la cantidad concreta de 2.868,96 Euros que reclama.

SEGUNDO

La Abogacía del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se in admitiese a tramite el recurso por dirigirse contra acto consentido y firme y en cuanto al fondo confirmase el acto recurrido en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 16 de noviembre de 2005, teniendo así lugar.

Siendo Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son antecedentes de interés en este proceso, a la vista de los datos que obran en autos y en el expediente a los mismos incorporado, los siguientes:

La actora solicito en su día mediante reclamación de cantidad diferencias retributivas correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de junio de 1998 y 15 de junio de 2001, por entender que habiendo sido destinada desde su puesto en los Servicios Centrales del INEM a la Oficina de Prestaciones de Collado - Villalba en comisión de servicio, tenia derecho a los diferentes complementos de destino y específicos...

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