STSJ Navarra 246/2008, 27 de Mayo de 2008
Ponente | ANTONIO RUBIO PEREZ |
ECLI | ES:TSJNA:2008:381 |
Número de Recurso | 67/2008 |
Procedimiento | ROLLO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 246/2008 |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N Nº 246/2008
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE
MAGISTRADOS,
D. ANTONIO RUBIO PÉREZ
D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ
En Pamplona, a veintisiete de mayo de dos mil ocho.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo de apelación nº 67/2008 interpuesto contra la Sentencia Nº 11/2008 de 10 de enero de 2.008 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Pamplona, correspondiente a los autos Procedimiento Ordinario 90/2007 interpuesto contra resolución nº 643 de 19 de febrero de 2.007 dictada por el Tribunal Administrativo de Navarra por la que se anula el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz, de 24 de enero de
2.006, que aprobaba definitivamente el Proyecto de Reparcelación de las Unidades de Ejecución BS-1, BUE-1, BUE-2 y BUE- 3 de Biurrun y OS-1 y OUE-1 de Olcoz, y siendo partes, como apelante D. Luis María
, representado por el Procurador JUAN-JOSÉ MORENO DE DIEGO, y defendido por el Abogado Sr. Remirez Lizuain, y como apelado, AYUNTAMIENTO DE BIURRUN-OLCOZ, representado por la Procuradora DÑA. LEYRE ORTEGA ABAURREA y dirigido por la Letrado/a MERCEDES ARNEDO LANA, venimos en resolver en base a los siguientes
En fecha 10 de enero de 2.008, se dictó la Sentencia nº 11/08 por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 1 de Pamplona/Iruña cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente: "Que debo estimar como estimo el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Leyre Ortega Abaurrea, en nombre y representación del Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz, contra la actuación administrativa referenciada, y debo declarar y declaro que la resolución nº 643 de fecha 19 de febrero de
2.007, dictada por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA, por la que se anula el acuerdo del Pleno del AYUNTAMIENTO DE BIURRUN-OLCOZ, de 24 de enero de 2.006, que aprobaba definitivamente el Proyecto de Reparcelacion de las Unidades de Ejecución BS-1, BUE-1, BUE-2 y BUE-3 de Biurrun y OS-1 y OUE-1 de Olcoz, no es conforme a derecho, por lo que se anula; sin imposición de costas.
Por la parte codemandada se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada y, al que se dio el trámite legalmente establecido.
Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el día 20 de mayo de 2.008. Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ quien expresa el parecer de la Sala.
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