STSJ Galicia 647/2008, 25 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2008:6077
Número de Recurso4122/2007
Número de Resolución647/2008
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00647/2008

Recurso de Apelación Nº 4122/2007

EN NOMBRE DEL REY

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha

pronunciado la siguiente

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA - PTE.

D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

D. JUlIO CÉSAR DÍAZ CASALES

En la ciudad de A Coruña, a veinticinco de septiembre de dos mil ocho.

En el recurso de apelación que con el Nº 4122/07 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por el Ayuntamiento de Mesía, representado y dirigido por el Letrado de la Diputación Provincial de A Coruña, contra la sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario Nº 23/2005 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº 4 de A Coruña. Es apelada "Terragua Proyectos y Obras, S.L.", representada por Dª. Sara Losa Romero y dirigida por D. José María Santiago Morales.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo Nº 4 de A Coruña se dictó con fecha 1-12-2006 sentencia en el Procedimiento Ordinario Nº 23/2005 con la siguiente parte dispositiva: "Fallo: Que se estiman en parte las pretensiones deducidas por la Procuradora Doña Sara Losa Romero en nombre y representación de la entidad mercantil TERRAGUA, PROYECTOS Y OBRAS S.L. contra la resolución del Ayuntamiento de Mesía, de 19 de enero de 2005, desestimatoria de la reclamación presentada por la mercantil "Terragua, Proyectos y Obras S.L." interesando el abono de diversas cantidades en concepto de precio de varios contratos de obra que había llevado a cabo para el Ayuntamiento demandado, declarando el derecho de la actora a percibir la cantidad de 68.413,96 euros, importe del principal, más los intereses de demora devengados que habrán de ser calculados como se ha expuesto en el fundamento jurídico quinto, condenando a la Administración demandada a su pago. Sin costas."

SEGUNDO

Por la representación de la Administración demandada se interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, en el que se solicitó que se dictase por esta Sala otra revocando la de primera instancia y, en definitiva, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

TERCERO

El recurso fue admitido a trámite, y se dio de él traslado a la parte actora, que presentó escrito de impugnación.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, tras ser rechazada por autos de 15-3-07 y 7-5-07 la solicitud de que se recibiese el pleito a prueba, por providencia de 8-9-08 se señaló para deliberación y votación el 18-9-08.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

En la primera de las alegaciones del recurso de apelación se dice que la sentencia de instancia fundamenta la estimación de las pretensiones de la...

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