STSJ Galicia 49/2008, 30 de Enero de 2008
Ponente | FERNANDO SEOANE PESQUEIRA |
ECLI | ES:TSJGAL:2008:3933 |
Número de Recurso | 163/2005 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 49/2008 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00049/2008
PONENTE: D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA
RECURSO NUMERO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 163/2005
RECURRENTE: Abelardo
ADMINISTRACION DEMANDADA: DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL
EN NOMBRE DEL REY
La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la
SENTENCIA
Ilmos./as. Sres./as. D./Dª
FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.- Pte.
FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
MARIA DOLORES GALINDO GIL
A CORUÑA, treinta de Enero de dos mil ocho.
En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 163/2005, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por
Abelardo, en su propio nombre y derecho, contra RESOLUCIÓN 30/11/2004 SUBDIRECCIÓN GENERAL RECURSOS DE SUBDIRECCIÓN PERSONAL GUARDIA CIVIL, DESESTIMATORIA RECURSO ALZADA INTERPUESTO CONTRA RESOLUCIÓN 27/05/2004, SOBRE PROVISIÓN VACANTES. Es parte la Administración demandada la DIRECCION GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL, representada por el ABOGADO DEL ESTADO.
Es ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito que, en síntesis, contiene los siguientes HECHOS: Por Resolución de 17 de marzo e 2004, se publicaron tres vacantes de provisión de antigüedad para Sargentos con curso de Interventor de Armas. En ese momento, el recurrente se encontraba en cuarto lugar.- Sin embargo, el 25 de mayo de 2004, se adelanta por Intranet la provisión de los puestos referidos, en la que se le adjudica el citado puesto.- El 27 de mayo de 2004, se dicta Resolución que se recurre, por la que se le destina al mencionado puesto por haber sido excluido de la provisión otro Sargento, al habérsele asignado una vacante de libre designación.- El 29 de junio de 2004, interpuso recurso de alzada contra la anterior Resolución, que fue desestimada por Resolución de 30 de noviembre de 2004, del Subdirector General de Personal.- Termina suplicando que, teniendo por presentado el escrito de demanda, con sus copias y los documentos que se acompañan, se tenga por formulada la misma contra la Resolución de 30 de noviembre de 2004; y se dicte sentencia por la que se declare que la resolución impugnada no es conforme a Derecho; se anule y se declare dejar sin efecto la asignación de destino efectuada, y se reconozca el mejor derecho del recurrente a no ser destinado forzosamente, y en consecuencia, se le mantenga en el puesto de procedencia en A Gudiña (Ourense).
Conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la contestación de la demanda.
No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo indeterminada, inferior a 150.000 euros.
Don Abelardo impugna en esta vía jurisdiccional la resolución de 30 de noviembre de 2004 del Sudirector General de Recursos de la Subdirección General de Personal de la Guardia Civil, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la de 27 de mayo de 2004 por la que se destina al recurrente, sargento de la Guardia Civil, con carácter forzoso, a la Intervención de Armas de Palma de Mallorca, vacante NUM000, zona Illes Balears, procedente del puesto de A Gudiña (Ourense).
A falta de peticionarios con carácter voluntario para la vacante NUM000 en la provisión por antigüedad anunciada por resolución de 17 de marzo de 2004, ha sido destinado el sargento señor Abelardo con carácter forzoso, en aplicación del artículo 26.1 del Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil,...
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