STSJ Aragón 855/2008, 5 de Noviembre de 2008

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2008:1932
Número de Recurso779/2008
Número de Resolución855/2008
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00855/2008

Rollo número: 779/2008

Sentencia número: 855/2008

M.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

En Zaragoza, a cinco de noviembre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 779 de 2008 (Autos núm. 232/2008), interpuesto por la parte demandante D. Fidel, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 30 de junio de 2008; siendo demandado MUTUAL MIDAL CYCLOPS, sobre incapacidad temporal. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Fidel, contra Mutual Midal Cyclops, sobre incapacidad temporal, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 30 de junio de 2008, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Desestimando la demanda interpuesta por D. Fidel, frente a MUTUAL MIDAL CYCLOPS, sobre prestaciones derivadas de Incapacidad Temporal, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos contenidos en la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal: "1º.- El actor D. Fidel ha prestado servicios laborales para la empresa Entidad Local Menor de Larués desde el 1-6-07 hasta el 31-10-07, con la categoría profesional de peón especialista. Dicha empresa tenía concertada la cobertura de la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes con la Mutua MC-Mutual.

  1. - Con fecha 18-6-07 causó baja médica por contingencias comunes, con el diagnóstico de "intervención quirúrgica de hernia inguinal"

  2. - Mediante burofax remitido el día 4-7-07, recibido por el actor el día 11 de julio, la Mutua le citó para control médico el día 10 de julio, en Huesca, no pudiendo acudir a dicha citación por recibirla posteriormente.

  3. - El mismo día 11-7-07 el actor recibió otro burofax de fecha 10-7-07, citándole para el día 18 de julio.

    El actor habló por teléfono con la Mutua comunicando que no podía desplazarse a Huesca, desde su domicilio en Ctra. DIRECCION000, km NUM000 . Puente La Reina de Jaca, ya que el médico le había recomendado no conducir, por su hernia, y su esposa, por su estado de salud, tampoco lo podía hacer. Posteriormente, el día 12 de julio remitió carta a la Mutua exponiendo las razones de su incomparecencia, dándose por reproducido el contenido de misma, que ha sido aportada por ambas partes.

  4. - La Mutua, en fecha 18-7-07 le remitió nuevo burofax, que recibió el 19 de julio, comunicándole que "el pasado día 18 de julio de 2007 dejó Ud. de acudir de forma injustificada al control médico que debían realizar los servicios de esta Mutua. Por ello y en aplicación de lo dispuesto en el art. 131 bis de la Ley General de la Seguridad Social se le notifica que, si en el plazo de 10 días naturales, contados desde hoy, no se ha personado Ud. en nuestros servicios y justificado adecuadamente su incomparecencia, por escrito, quedará extinguida la prestación de IT que percibe, con efectos desde el día 19 de julio de 2007".

  5. - El día 19 de julio el actor envió a la Mutua, por fax, informe médico de la Dra. Sonia, de fecha 19-7-07, donde constaba: " Fidel presenta hernia inguinal dcha sintomática, que le perjudica para conducir largo recorrido".

  6. - Mediante burofax de fecha 30-7-07, recibido el 31-7-07, la Mutua notificó al actor la extinción de la prestación de IT que venía percibiendo, desde el día 19-7-07, por no haber justificado adecuadamente su incomparecencia por escrito, pese haber sido...

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