STSJ La Rioja 416/2010, 29 de Septiembre de 2010
Ponente | JOSE FELIX MENDEZ CANSECO |
ECLI | ES:TSJLR:2010:744 |
Número de Recurso | 450/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 416/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑO: 00416/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº: 450/09
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don José Félix Méndez Canseco,
Magistrados:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.
Doña Elena Arce Crespo
SENTENCIA Nº416/10
En ciudad de Logroño, a 29 de septiembre de 2010.
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre OTRAS MATERIAS, a instancia de la CONFEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES Y SINDICAL DE FUNCIONARIOS DE LA RIOJA (C.S.I .- C.S.I .F.), representado por la procuradora Dª Paula Cid Monreal, siendo demandada la CONSEJERÍA DE SERVICIOS SOCIALES DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado de Gobierno.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Consejería de Servicios Sociales de fecha 25 de junio de 2009, por la que se resuelve el proceso para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales para 2009.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 28 de septiembre de 2010, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Félix Méndez Canseco.
Por la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios de La Rioja (C.S.I .- C.S.I .F.) se interpuso el presente recurso, dirigido frente a la resolución de 25 de junio de 2009 dictada por la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja, que resolvió el proceso para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales para el año 2009, acordando, entre otros extremos, denegar los programas identificados en su anexo III como "cursos" y "otros programas: desarrollo portal web y tfno. orientación psicológica, personal y laboral para niños, jóvenes y mujeres", propuestos por el sindicato recurrente.
Según la Orden 1/2008, de 10 de enero, reguladora de las "ayudas" litigiosas, el objeto de dichas subvenciones es incentivar la realización de actividades en materia de servicios sociales,...
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