STSJ La Rioja 418/2010, 29 de Septiembre de 2010
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2010:714 |
Número de Recurso | 448/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 418/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.LA RIOJA SALA CON/ADLOGROÑO 00418/2010
NTENCIA00
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Rec. nº: 448/2009
Ilustrísimos señores:
Presidente:
Don José Félix Méndez Canseco,
Magistrados:
Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.
Doña Elena Crespo Arce
SENTENCIA Nº 418/2010
En la ciudad de Logroño a 29 de septiembre de 2010
Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre FUNCIÓN PÚBLICA, a instancia de D. Rodrigo, funcionario que postula por sí mismo, siendo demandado el MINISTERIO DEL INTERIOR representado y defendido, a su vez, por el Sr. Abogado del Estado.
Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución de fecha 11 de agosto de 2009 dictada por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 28 de septiembre de 2010, en que se reunió, al efecto, la Sala.
En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás
Es objeto del presente recurso la resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, de 11 de agosto de 2009, que desestimó la petición del actor relativa a la percepción de abono de la diferencia entre lo percibido como indemnización de residencia eventual (25% de la dieta completa) y, lo que considera, que se le debería haber abonado por este concepto (el 80% de la dieta completa) durante los días en que participó en el programa denominado "Aula Abierta" y por ello estuvo desplazado en la plantilla de Las Palmas de...
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