STSJ La Rioja 412/2010, 29 de Septiembre de 2010

PonenteJOSE FELIX MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJLR:2010:711
Número de Recurso490/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución412/2010
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.LA RIOJA SALA CON/AD

LOGROÑO

SENTENCIA: 00412/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA RIOJA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Rec. nº: 490/2009

Ilustrísimos señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco,

Magistrados:

Don Jesús Miguel Escanilla Pallás.

Doña Elena Crespo Arce.

SENTENCIA Nº 412/2010

En la ciudad de Logroño a 29 de septiembre de 2010.

Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA, a instancia de DOÑA Adoracion, representado por el Procurador Doña Virginia Vélez de Mendizabal y con asistencia de Letrado, siendo demandado el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado del Estado, y como codemandado la COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Sr. Abogado de Gobierno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado se interpuso ante esta Sala recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 13 de agosto de 2009, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de la Rioja resolviendo la reclamación nº NUM000 relativa al impuesto de sucesiones y donaciones emitida por la Dirección General de Tributos del Gobierno de la Rioja.

SEGUNDO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

TERCERO

Que asimismo se confirió traslado a la Administración demandada para contestación a la demanda, lo que se verificó, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

CUARTO

Continuando el recurso por sus trámites, se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 28 de septiembre de 2010, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado las prescripciones legales.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Félix Méndez Canseco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso contra la resolución del T.E.A.R. de la Rioja que dispuso "estimar la reclamación, anulando la liquidación impugnada, sin perjuicio de dejar a salvo el...

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