STSJ Castilla y León 1419/2010, 13 de Octubre de 2010

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2010:5431
Número de Recurso1419/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1419/2010
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01419/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON

SALA DE LO SOCIAL 001

(C/ANGUSTIAS S/N)

N.I.G: 47186 44 4 2010 0301970, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001419 /2010

Materia: VACACIONES

Recurrente/s: Edemiro

Recurrido/s: RENAULT ESPAÑA S.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de VALLADOLID DEMANDA 0000184 /2010

Rec. Núm.1419/2010

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

Dª.Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada

En Valladolid, a trece de octubre de dos mil diez. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1419/2010, interpuesto por D. Edemiro, contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Tres de Valladolid de fecha, veintidós de abril de 2010 (Autos nº 184/2010), dictada a virtud de demanda promovida por mencionado recurrente contra la empresa RENAULT ESPAÑA, S.A.; sobre VACACIONES.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de Marzo de 2010, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº Tres de Valladolid, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimaba referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" PRIMERO.- El actor, Edemiro presta servicios para la entidad demandada, RENAULT ESPAÑA S.A., con la categoría de Agente Técnico de 2ª.- SEGUNDO.- El demandante, Edemiro, que no ha disfrutado de 13 días de vacaciones de 2008, ha estado en IT desde el 10/3/08 hasta el 17/4/08; desde el 11/7/08 hasta el 10/11/08 y desde el 5/5/09 hasta el 9/9/09.- TERCERO.- Edemiro, realizó a la entidad demandada el 8/10/09 las peticiones que constan en los folios 19 y 20, los cuales tienen el contenido que aquí se da por reproducido enaras a la brevedad.- CUARTO.- Se ha agotado la vía previa administrativa."

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la parte actora, fue impugnado por la empresa demandada, y elevados los autos a ésta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación de tal designación a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acciona en declaración del derecho a disfrutar 13 días laborales de vacaciones del año 2008. En la impugnación del recurso se alega que estando ante un pleito de vacaciones no cabe recurso de suplicación. Esta alegación debe rechazarse pues no se acciona pidiendo la concreción de la fecha de disfrute de las vacaciones, que es la cuestión que abre las puertas el proceso extraordinario regulado en los ...

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