STSJ Castilla y León 1114/2010, 6 de Octubre de 2010

PonenteJUAN JOSE CASAS NOMBELA
ECLIES:TSJCL:2010:5353
Número de Recurso1114/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1114/2010
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01114/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON

SALA DE LO SOCIAL 001

(C/ANGUSTIAS S/N)

N.I.G: 47186 44 4 2008 0401773, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001114 /2010

Materia: RECLAMACION CANTIDAD

Recurrente/s: Noelia

Recurrido/s: SOCIEDAD PROVINCIAL DE DESARROLLO DE VALLADOLID (SODEVA)

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de VALLADOLID DEMANDA 0001619 /2008

Rec. núm. 1114/10

Ilmos. Sres.

D. Manuel Mª Benito López

Presidente de la Sala

D. Juan José Casas Nombela

Dª. Susana Mª Molina Gutiérrez/

En Valladolid a seis de octubre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el Recurso de Suplicación núm. 1114 de 2010 interpuesto por Dª. Noelia contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Valladolid (autos 1619/08) de fecha 26 de febrero de 2010, dictada en virtud de demanda promovida por dicha actora contra SOCIEDAD PROVINCIAL DE DESARROLLO DE VALLADOLID sobre CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de diciembre de 2008 se presentó en el Juzgado de lo Social número Cuatro de Valladolid demanda formulada por la actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"Primero.- La demandante Dña. Noelia, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000 presta servicios por cuenta y orden de la empresa SOCIEDAD PROVINCIAL DE DESARROLLO DE VALLADOLID, desde el

29.12.2005, con categoría profesional de Técnico de Promoción Económica, con sujeción al Convenio colectivo de Oficinas y Despachos Provincial de Valladolid. Segundo .- Tiene domicilio en Valladolid y su zona de trabajo se ubicó hasta octubre de 2007 en Alaejos y desde noviembre del mismo año en Iscar. Tercero.- Por razón de su prestación de servicios, viene realizando viajes en su vehículo particular, abonándole la empresa el kilometraje a razón de 0,25 # el km. En el mes siguiente al de realización de los viajes, sin incluir al menos desde enero de 2008 los desplazamientos realizados desde Valladolid hasta Iscar. Cuarto.- La actora reclama el importe correspondiente a los viajes que realizó con su vehículo desde Valladolid hasta Iscar en el período comprendido entre enero y octubre de 2008 (144 días, a 88 Km. Diarios,

12.672 km. Por 0,25 # el Km., igual a 3.168 #, así como la cantidad de 847 # por 49 días en que tuvo que comer en el lugar de trabajo en el período noviembre 2007 a septiembre de 2008. Quinto.- La actora interpuso demanda sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo frente a la empresa por lo que entendía era un cambio en el sistema compensatorio del kilometraje, reclamando las diferencias relativas al período octubre/diciembre de 2007, desestimada por sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Valladolid, firme, de 21.09.2009, en que se entendió que no se había producido tal modificación sustancial. Sexto.-Presentada papeleta de conciliación ante la SMAC el 13.11.2008 fue celebrado el acto el 3 de diciembre siguiente, con el resultado de sin avenencia".

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la actora, fue impugnado por la demandada. Elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La sentencia del Jugado de lo Social número Cuatro de los de Valladolid, de 26 de febrero de 2010, desestimó la demanda de cantidad deducida por Dª. Noelia frente a la patronal Sociedad Provincial de Desarrollo de Valladolid (Sodeva), demanda a cuyo través se reivindicaba la suma de 3168 euros en concepto de gastos de...

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