STSJ Asturias 984/2010, 30 de Septiembre de 2010

PonenteMARIA JOSE MARGARETO GARCIA
ECLIES:TSJAS:2010:3756
Número de Recurso115/2008
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución984/2010
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 00984/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO: P.O. 115/08

RECURRENTE: DIPUTACION PROVINCIAL DE OURENSE

PROCURADOR: D. LUIS ALVAREZ FERNANDEZ

RECURRIDO: CONFEDERACION HIDROGRÁFICA DEL NORTE

SR. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA nº 984/2010

Ilmos. Sres:

Presidente:

  1. Jesús Chamorro González

    Magistrados:

    Dña. María José Margareto García

  2. Francisco Salto Villén

    En Oviedo, a treinta de septiembre de dos mil diez.

    La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 115/08 interpuesto por la Diputación Provincial de Ourense, representada por el Procurador D. Luis Álvarez Fernández, actuando bajo la dirección Letrada de D. Tomás

  3. González Yañez, contra la Confederación Hidrográfica del Norte, representado por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. María José Margareto García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda, y en cuya virtud se deje sin efecto la sanción impuesta y se autorice la legalización de la construcción de unos murtos de protección, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 30 de diciembre de 2008, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de la Diputación Provincial de Ourense la resolución dictada el día 4-12-2007 por la Confederación Hidrográfica del Norte que le impuso una multa coercitiva de 240,40 euros, en los términos señalados en la misma.

SEGUNDO

Alega la parte recurrente en su demanda que la resolución recurrida efectúa una aplicación errónea del artículo 97 de la Ley de Aguas, ya que en ningún momento la Administración ha concretado en qué se basa dicho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR