STSJ Comunidad de Madrid 1072/2010, 23 de Septiembre de 2010
Ponente | MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJM:2010:13277 |
Número de Recurso | 927/2008 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 1072/2010 |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 01072/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1072
RECURSO NÚM.: 927-2008
PROCURADOR D./DÑA.: GEMA FERNÁNDEZ BLANCO SAN MIGUEL
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dña. Maria Rosario Ornosa Fernández
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
-----------------------------------------------En la Villa de Madrid a 23 de Septiembre de 2010
VISTO por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso contencioso administrativo núm. 927/2008, interpuesto por HISPAGRAPHIS S. A. representada por la Procuradora Dª Gema Fernández Blanco San Miguel, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de fecha 23 de junio de 2008 en las reclamaciones 28/19546/03 y 6425/05, en las que ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado.
Por la Procuradora Dª Gema Fernández Blanco San Miguel actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Maria Rosario Ornosa Fernández, quien expresa el parecer de la SALA.
Se recurre por la parte actora la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 20 de junio de 2008 en las reclamaciones 28/19546/03 y 6425/05, presentadas contra liquidación derivada de acta de inspección por el Impuesto de Sociedades, ejercicios 1998 a 2000, de la que resulta una deuda tributaria de 101.910,76 # y contra liquidación en concepto de sanción, derivada de la anterior, cuantía 80.649,62 #.
La parte actora en su escrito de demanda rebate la modificación de bases imponibles que efectuó la administración tributaria en su liquidación al no considerar gasto deducible las facturas recibidas, en los tres ejercicios de referencia, de D. Basilio por importe de 12.352.835 pesetas, 14.965.111 pesetas y 13.753.754 pesetas, por no estar debidamente justificada la realización de los servicios especificados en los motivos. En concreto la actora se muestra contraria a los argumentos empleados por parte de la administración en el informe ampliatorio del acta en disconformidad en el que para llegar a la concusión de que por D. Basilio no se realizaron los trabajos que reflejan las facturas cuyos gastos pretende deducirse la entidad actora, se establecen una serie de presunciones por la administración con las que no está de acuerdo y entiende que son meras conjeturas sin una base real sólida por lo que no se dan los requisitos que para las...
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