STSJ Extremadura , 26 de Noviembre de 1997

PonentePEDRO BRAVO GUTIERREZ
Número de Recurso703/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1997
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 703/97 .I. Iltmo. Sr. D. Alfredo García Tenorio Bejarano Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez.

Iltmo. Sr. D. Joaquín Cuello Contreras.

En la Ciudad de Cáceres a veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y siete La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, ha dictado.

EN NOMBRE DEL REY, la siguiente:

SENTENCIA N°741 En el Recurso de suplicación n° 703/97, interpuesto por el Letrado D. Luis Carlos Matesanz Sanz en representación de, la MUTUA MONTAÑESA, contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número uno de los de Cáceres, con fecha siete de enero de mil novecientos noventa y siete , en autos seguidos a instancia de D. Imanol , representado por la Letrada Dña. María José Iglesias Toro, contra la empresa recurrente y otros, sobre PRESTACIONES, ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. Pedro Bravo Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4 de septiembre de 1.996, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social de referencia demanda suscrita por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos que se expresan, en el Fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declaraban los siguientes "PRIMERO El actor Imanol , de las circunstancias personales que constan en la demanda con fecha 2.2.95, cuando trabajaba al servicio de la Empresa demandada "Fustería Sarasa S.A." en la localidad de Torroella de Montgri, cuando efectuaba el ensamblaje de dos maderas en una Tupi para realizar molduras, se le fue la mano izquierda cortándole el dedo pulgar, dándose el correspondiente parte de accidenten de trabajo.- SEGUNDO De dicho accidente se hizo cargo la Mutua Patronal de A.T., Mutua Montañesa.- TERCERO El Actor ha permanecido de baja hasta el 12.11.95, fecha en la que se le dio el alta por curación.- CUARTO:

Con fecha 21.6.96 le fue notificada resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se le declara en situación de invalidez permanente parcial para su profesión habitual de ayudante carpintero, derivada de accidente de trabajo, con derecho a percibir una indemnización a tanto alzado consistente en 2.827.200 pesetas, a cargo...

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