STSJ Cataluña , 5 de Noviembre de 1997

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
Número de Recurso10/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 1997
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n°. 10/94 Partes: Don Simón C/ Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña SENTENCIA N°.775/97 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE En la ciudad de Barcelona, a cinco de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 10/94, interpuesto por Don Simón , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Ángel Joaniquet Ibarz y defendido por el Letrado Sr. Ángel Sánchez García, contra el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, representado y asistido por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Procurador, en nombre y representación del actor, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en una resolución de la administración demandada de 10.9.93 (expte. 15.880/89), desestimatoria de recurso contra acuerdo del Centro de Gestión Catastral por C.T.U.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por instado el recibimiento a prueba de dicho goce sopor la representación procesal de la parte actora en otrosí de su respectivo escrito de demanda en el que se señalan los puntos de hecho en que ha de versar, existiendo disconformidad en los hechos y siendo estos de especial trascendencia para la resolución del precedente pleito, fue admitida por auto de fecha 18 de Septiembre de 1.995 , y, practicada la misma en la forma en que es de ver en autos se continuó por el trámite previsto en las presentes actuaciones que las partes promovieron con las alegaciones de aplicación; y, finalmente, se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 3 de noviembre de 1.997, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional, la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Catalunya,...

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