STSJ Galicia , 28 de Septiembre de 1998

PonenteJESUS SOUTO PRIETO
Número de Recurso1706/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso núm. 1706/96 SGP ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL PRESIDENTE ILMO. SR. D. ANTONIO GONZÁLEZ NIETO ILMO. SR. D. JESUS SOUTO PRIETO A Coruña, a veintiocho de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social dei Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1706/96 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de Ourense siendo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DOÑA Amanda en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 782/95 sentencia con fecha cinco (le febrero de mil novecientos noventa y seis por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran corno hechos probados tos siguientes:

"PRIMERO.- La actora Dª Amanda , nació el 10.1.1930, figura afiliada a la Seguridad Social con el n°

NUM000 , encuadrada en el Régimen Especial Agrario, como trabajadora agrícola por cuenta propia./

SEGUNDO

Iniciado expediente de invalidez el 3.4.95 sé dictó resolución por la Dirección Provincial del I.N.S.S, el 8.9.95 denegando la prestación solicitada por no encontrarse la actora en situación de invalidez permanente en ninguno dé sus grados. Interpuesta reclamación previa fue, asimismo, desestimada por silencio administrativo l TERCERO.- La actora presenta objetivadas las siguientes lesiones: muy severa osteoporosis generalizada con afectación vertebral a todos los niveles y con signos radiológicos de osteomalicia. Avanzada espondilartrosis cervical, dorsal y lumbar. Periartritis de hombros de tipo degenerativo. Gonartrosis femoro patelar bilateral. Artrosis interfalángica de ambas manos (nd. De Heberden)..l CUARTO.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente os de

59.083 pesetas".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Dª Amanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual de trabajadora agrícola y, en consecuencia condeno a los demandados...

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