STSJ Galicia , 16 de Junio de 1998

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
Número de Recurso3185/1995
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Junio de 1998
EmisorSala de lo Social

DOÑA MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 3185/95 MRA ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL PRESIDENTE ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ A Coruña, a dieciséis de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 3185/95 interpuesto por INEM contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de Vigo siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DOÑA Carina en reclamación de DESEMPLEO MAYORES DE 52 AÑOS siendo demandado INEM E INSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 275/95 sentencia con fecha doce de mayo de mil novecientos noventa y cinco por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- La actora, Carina , con DNI NUM000 , ha nacido el 26-10-42; solicitó el 26-10-94 el subsidio por desempleo para mayores de 52 años y le fue denegado por no acreditar cotizaciones suficientes para poder acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el sistema de la Seguridad Social./ Segundo.- La actora cotizó un total de 6.156 días hasta el 12-7-92 y desde el 27-11-56./ Tercero.- Tiene cotizaciones suficientes para jubilarse por el sistema del SOVI al haber cotizado más de 1.800 días con anterioridad a 1967/ Cuarto.- Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Carina contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL e INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo declarar y declaro el derecho de la actora al subsidio por desempleo para mayores de 52 años, condenando al INEM a su reconocimiento y abono y debo absolver y absuelvo al INSS."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte INEM siendo impugnado de contrario....

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