STSJ Galicia , 18 de Marzo de 1998
Ponente | JUAN JOSE REIGOSA GONZALEZ |
Número de Recurso | 2238/1994 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01 /0002238 /1994 SECCIÓN PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 180 1998 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. JUAN JOSE REIGOSA GONZÁLEZ.
D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRÍGUEZ En la Ciudad de A Coruña, a dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0002238/1994, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Ricardo , Funcionario, que actúa en su propio nombre y derecho, contra Resolución desestimatoria de la Dirección General de la Policía de fecha 13 de mayo de 1994; sobre Continuidad en la posesión de la licencia de armas. Es parte como demandada LA ADMINISTRACIÓN, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El actor Inspector Jefe que se encuentra en situación de segunda actividad sin destino cuando solicitó, de la D. G. de Policía en instancia de 16 de noviembre de 1993, que le fuese renovada la licencia de armas tipo "E" que habla caducado para la pistola que posee.- Por resolución de 3 de mayo de 1994, que aquí se recurre, la D.G. acordó denegar la licencia de armas solicitada al estimar que "no concurren circunstancias objetivas suficientes para conceder la licencia solicitada.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida y declarando el derecho del recurrente a que se le otorgue la autorización solicitada.
Conferido traslado de la demanda al SR. ABOGADO DEL ESTADO, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.
Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.
Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON JUAN JOSE REIGOSA GONZÁLEZ. ,
El recurrente, Inspector Jefe en situación de segunda actividad, impugna en esta via...
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STSJ Asturias 552, 10 de Abril de 2006
...del Director General de la Policía, como así se ha pronunciado la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en sentencia de 18-3-98 , por lo que en virtud de los razonamientos expuestos, procede la desestimación del Conforme al art. 139 de la Ley 29/......