STSJ Asturias , 17 de Abril de 1998

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
Número de Recurso3180/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo nº 1/3.180/97 Autos nº 669/97 Oviedo-4 Sentencia nº 1.081/98 Ilmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso Presidente Ilma. Sra. Dª Mª Eladia Felgueroso Fernández Ilma. Sra. Dª Mª del Carmen Prieto Fernández En Oviedo a diecisiete de Abril de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Eduardo Serrano Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presento demanda por Juan Antonio , ante el Juzgado de lo Social nº 4 de Oviedo, en reclamación de Incapacidad Permanente Absoluta, siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. MADIN MUTUA PATRONAL y HULLERAS E INDUSTRIAS S.A., y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y siete por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como Hechos Declarados Probados, los siguientes:

  1. - El demandante, nacido el 24 de junio de 1929, figura afiliado a la Seguridad social con el nº

    NUM000 , dentro del Régimen Especial de la Minería del Carbón. Con efectos de 30 de noviembre de 1990 fue declarado en situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual, derivada de enfermedad profesional, con derecho a las correspondientes prestaciones y una base reguladora mensual de 212.000 pesetas.- Había prestado servicios laborales en la empresa Hullasa, que tenía cubiertos los riesgos laborales con la Mutua Patronal Madin.

  2. - Presentaba entonces el siguiente cuadro: Silicosis grado I con obstrucción crónica al flujo aéreo y tuberculosis pulmonar residual.

  3. - El actor solicitó con fecha 11 de noviembre de 1996 la revisión, por agravación del grado de invalidez reconocido y, tras las oportunas actuaciones administrativas, con dictamen propuesta previo del Equipo de Valoración de Incapacidades, la Dirección Provincial del INSS en León dictó resolución...

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