STSJ Asturias , 9 de Enero de 1998
Ponente | CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ |
Número de Recurso | 1478/1997 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 9 de Enero de 1998 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rollo nº 2/1.478/97 Autos nº 118/97 Gijón nº 1 Sentencia nº 90/98 Iltmo Sr D Francisco Javier García González Presidente Ilma Sra Dña Carmen Hilda González González Iltmo Sr D. José Alejandro Criado Fernandez En Oviedo a nueve de enero de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Sandra , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Gijón, ha sido ponente la Iltma Sra Dña. Carmen Hilda González González.
Según consta en autos se presentó demanda por ENSIDESA, ante el Juzgado de lo Social número 1 de Gijón en reclamación de recargo falta medidas seguridad siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y Sandra , y celebrado el acto del Juicio oral por el mencionado Juzgado de lo Social, se dictó sentencia de fecha catorce de marzo de 1997 , por la que se estimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
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- D. Carlos Manuel , esposo de la codemandada Dª Sandra sufrió el 27-10-94, cuando prestaba servicios para ENSIDESA un accidente mortal.
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- Por sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón, confirmada por sentencia de la Audiencia Provincial de 11-3-96 , se condenó a ENSIDESA como responsable civil subsidiaria al abono de una indemnización a la viuda del fallecido de 22.000.000 pesetas.
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- Por la Inspección Provincial de Trabajo se levantó Acta de Infracción de 22-11-94, en la que se propone sancionar a Ensidesa al abono de la cantidad de un millón de pesetas por falta de medidas de seguridad.
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- Por resolución de la Dirección Provincial de Trabajo de fecha 24-10-96 se anuló la referida acta de acuerdo de la Inspección Provincial de Trabajo.
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- La Dirección Provincial de Trabajo dicta nueva resolución de fecha 27-11-95 condenando a ENSIDESA a un incremento del 50% de las prestaciones de Seguridad Social derivadas del mencionado accidente.
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- Contra dicha resolución se interpuso reclamación previa, desestimada por resolución de fecha 26-12-96.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.
Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.
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...1718); Comunidad Valenciana 20 julio 1999 (R.Ar. 4700). 116 En este sentido, STS 18 enero 1995 (R.Ar. 415). En la misma línea, SSTSJ de Asturias 9 enero 1998 (R.Ar. 134); 30 abril 1999 117 En el mismo sentido, STS 5 mayo 1999 (R.Ar. 4705). Criterio seguido por las SSTSJ de Cataluña 1 junio ......