STSJ Cantabria , 5 de Marzo de 1998

PonenteMARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
Número de Recurso1619/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 244/98.

Recurso nº 1619/96 Sec. Sri. Colvée Benlloch PRESIDENTE Iltmo. Sr. D. Francisco Martínez Cimiano MAGISTRADOS Iltma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Iltma. Sra. Dª. M. Jesús Fernández García Santander, cinco de marzo de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y EN NOMBRE DEL REY Ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D. Plácido contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de Santander, ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. María Jesús Fernández García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se formuló demanda por D. Plácido contra RENFE sobre otros concepto y celebrada la vista del juicio correspondiente, se dictó sentencia por el Juzgado de referencia con fecha 26 de julio de 1.996 en los términos que se recogen en la parte dispositiva de la misma.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor Plácido , comenzó a prestar sus servicios para la empresa RENFE el 1-3-1.985 con la categoría de capataz de maniobra y salario diario de 5.957 pesetas.

  2. - El 25-11-1.989 se convocó por RENFE concurso de Ascenso a la categoría de factor de Circulación de Entrada resultando el actor optó sin plaza.

  3. - Desde el 27-7-1.990 ocupa en reemplazo las funciones de Factor de circulación de entrada de Santander, retribuyéndosele conforme a tal categoría, existiendo una plantilla orgánica de seis plazas y seis trabajadores de la misma categoría, que ocupan en reemplazo la de jefe de Estación.

  4. - En virtud de los Acuerdos Colectivos de 2-7092 se reguló la plantilla de RENFE dando lugar al inicio de un proceso de acoplamiento a través de previsibles convocatorias de concurso de ascensos y traslados suspendido temporalmente en virtud de acuerdos de 30-12-1.993 dando paso a un Acuerdo Marco de Regulación de las relaciones laborales en RENFE 1994-1995 dándose por reproducidos.

  5. - En cumplimiento del Acuerdo-Marco laboral 94-95 se publicó en abril de 1.995 la Convocatoria de Traslado de la categoría de factor de Circulación en el ámbito de la Provincia de Cantabria para cubrir vacantes y posteriormente se ha convocado el 9-4-1996 en régimen de ascenso y pase de F. Circulación de entrada, pendientes de resolución.

    6ª - El Comité de Empresa y la Inspección de Trabajo emitieron sus informes el 22-2 y el 15-3- 1.994 respectivamente dándose por reproducidos.

  6. - El actor formuló demanda de conciliación celebrada en el UMAV el 15-3-94 sin efecto.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado de contrario, pasándose seguidamente los autos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor que participó en el concurso de ascenso convocado por la empresa demandada RENFE el 25.11.89, a la categoría de factor de circulación de entrada, resultado apto sin plaza, reclama en la demanda que dio origen a esta litis, la citada categoría profesional, por el ejercicio de funciones de categoría superior desde 1.990, en "reemplazo", ostentando la...

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