STSJ Castilla y León , 21 de Julio de 1998

PonenteLOPE DEL BARRIO GUTIERREZ
Número de Recurso685/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Julio de 1998
EmisorSala de lo Social

Rec Núm 685/98 Ilmos. Sres:

D. José Méndez Holgado Presidente D. Lope del Barrio Gutiérrez D. Juan Antonio Alvarez Anllo En Valladolid, a veintiuno de julio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, iza dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación Num. 685/98, interpuesto por Marcelino contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Num. Uno de Leon, de fecha 3/2/98, (autos n° 595/97), dictada a virtud de demanda promovida por referido recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON Lope del Barrio Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16/1/98 se presente en el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Leon demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplicó de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dicte Sentencia desestimando referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "PRIMERO: La parte actora, nacida el 25 de Marzo de 1.950, está afiliada a la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena en actividad de administrativo de Banca. SEGUNDO: Inició expediente en solicitud de invalidez permanente absoluta o total, formulándose propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 16 de Mayo de 1.997. TERCERO: La base Reguladora de la prestación que solicita es la de 209.756 Pts mensuales. CUARTO: La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en vía administrativa declaró que no se encontraba en situación de invalidez permanente. QUINTO: La parte actora padece las siguientes dolencias: Cardiopatía isquémica. Aangina inestable. Enfermedad coronaria de dos vaso. Doble implante de STEAT. Trastorno mixto ansioso-depresivo. Fobia específica.

TERCERO

Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la parte actora, no fue impugnado por la demandada, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor formuló demanda en petición de ser declarados...

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