STSJ Murcia 590/2010, 22 de Septiembre de 2010

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2010:2033
Número de Recurso553/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución590/2010
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00590/2010

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 34 4 2010 0100565

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000553 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM : 0000172 /2010 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 005

Recurrente/s: CEPEP S.L.

Abogado/a: ESTEBAN DE LA PEÑA SANCHEZ

Procurador: JOSE MIRAS LOPEZ

Graduado Social:

Recurrido/s: C.M.U. CRUZ VERDE S.L., Sara

Abogado/a: CRISTOBAL PEREZ GARCIA,, ALFONSO HERNANDEZ QUEREDA

Procurador:

Graduado Social:

En MURCIA, a veintidós de septiembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por CENTRO DE ESTUDIOS DE PLANES DE EMERGENCIA Y PROYECTOS S.L., contra la sentencia número 319/10 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 30 de abril del 2010, dictada en proceso número 172/10, sobre DESPIDO, y entablado por DOÑA Sara frente a CENTRO DE ESTUDIOS DE PLANES DE EMERGENCIA Y PROYECTOS S.L. y CRUZ VERDE SERVICIOS SOCIO-SANITARIOS, S.L...

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante Dª. Sara, con DNI NUM000, ha prestado sus servicios laborales para la empresa Cruz Verde Servicios Socio Sanitarios S.L., con una antigüedad desde el 01/07/2008, con la categoría profesional de monitora educadora, y con un salario mensual de 775,90 Euros. No ocupando cargo sindical ni representativo. SEGUNDO.- Se inició la relación laboral entre la demandante y la empresa demandada en virtud de un contrato de duración determinada para obra o servicio determinado, con una duración desde el 01/07/2008 hasta fin de servicio. Siendo la obra o servicio "Monitor educador en los Talleres de la Residencia Virgen del Valle" Murcia. TERCERO.- Con fecha 28/12/2009 el Director de la Residencia Psicogeriátrica Virgen de El Palmar hizo saber por escrito a la Sra. Sara que "como consecuencia de la adjudicación del contrato para la prestación de servicio de diversos talleres con el fin de satisfacer las necesidades de atención habilitadora, rehabilitadora y de integración social en la Residencia Psicogeriátrica Virgen del Valle a la entidad Cepep con fecha 29 de diciembre del 2009, le comunico que la empresa Cruz Verde deja de prestar sus servicios el 28 de diciembre de 2009. Por lo que a partir del día 29 Dª. Sara, contratada por la Entidad Cruz Verde, no debe asistir a este centro". CUARTO.- La empresa Centro de Estudios de Planes de Emergencia y Proyectos S.L. tiene como objeto social desde el 13/11/2006: "Elaboración de planes de emergencia y realización de proyectos técnicos y medio ambientales".-"Actividades de formación, de forma individualizada y para colectivos, en el campo de protección de la sociedad".-"Elaboración, ejecución de programas, planes, campañas, prestaciones, prestaciones de servicios de cualquier índole, dentro de la igualdad, bienestar social y la protección de las personas y/o en el medio natural".-"Divulgación de temas relativos o relacionados con estas actividades, en centros propios o ajenos a la sociedad".-"La sociedad podrá desarrollar el objeto social mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o analógico". QUINTO.- Con fecha 15/07/2008 el Instituto Murciano de Acción Social formalizó con la empresa Cruz Verde Servicio Socio-sanitario S.L. en contrato administrativo, cuyo objeto era el Servicio de Talleres Ocupacionales en la Residencia Psicogeriátrica Virgen de El Valle de El Palmar. Obligándose la empresa Cruz Verde Servicios Socio-sanitarios S.L. a contratar el personal preciso, el que dependería exclusivamente del adjudicatario. SEXTO.- Se celebró el 08/02/2010 sin efecto el preceptivo acto de conciliación entre la Sra. Sara y las empresas Cruz Verde Servicios Socio-sanitarios S.L. y Cepep S.L. SEPTIMO.- Con fecha 29/12/2009 la empresa Cepep S.L. pasó a ser concesionaria de la prestación de servicios de los talleres de la Residencia Virgen de El Valle de El Palmar para satisfacer las necesidades de atención habilitadora, rehabilitadora de integración social. Dejando de realizar dichas funciones la empresa Cruz Verde S.L. OCTAVO.- Por medio de comunicación escrita la empresa saliente Cruz Verde hizo saber a la entrante su obligación de subrogarse en los trabajadores que prestaban sus servicios en la Residencia Virgen del Valle, y en concreto con la demandante."; y el fallo fue del tenor siguiente: "Estimar la demanda promovida por Dª. Sara, y en consecuencia, procede considerar el cese de la misma ocurrido el 28/12/2009 como un despido improcedente. Condenando a la empresa Centro de Estudios de Planes de Emergencia y Proyectos S.L. a la readmisión de la trabajadora o a que indemnice a la misma en la cantidad de 1.736,62 Euros en concepto de indemnización por despido. Condenando también a dicha empresa al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido a la de la presente sentencia, a razón de 25,86 Euros diarios. Procede la absolución de la empresa Cruz Verde Servicios Socio Sanitarios S.L., y la estimación de la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por el Instituto Murciano de Acción Social demandad.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Procurador D. JOSE MIRAS LOPEZ, en representación de la parte demandada CENTRO DE ESTUDIOS DE...

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