STSJ Asturias 1056/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteJESUS MARIA CHAMORRO GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2010:3601
Número de Recurso870/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1056/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 01056/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO: PO 870/09

RECURRENTE: D. Jose Miguel

PROCURADOR: D. JOSE ANTONIO IGLESIAS CASTAÑON

RECURRIDO: DIRECCION GENERAL DE TRÁFICO

REPRESENTANTE: SR. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA nº 1056/10

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús María Chamorro González

Magistrados:

Dña. María José Margareto García

D. Francisco Salto Villén

En Oviedo, a diecisiete de septiembre de dos mil diez.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 870/09 interpuesto por D. Jose Miguel representado por el Procurador D. José Antonio Iglesias Castañón, actuando bajo dirección letrada, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Chamorro González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que se declare no ser conforme a derecho la resolución impugnada y en consecuencia la anule dejándola sin efecto revocando la declaración de revocación de vigencia del permiso de conducir por perdida de todos los puntos, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de fecha 23 de septiembre de 2009, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, ni la formulación de conclusiones se señaló para la votación y fallo del presente el día 15 de septiembre pasado en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por el Procurador de los Tribunales Sr. José Antonio Iglesias Castañon, en nombre y representación de D. Jose Miguel, se interpuso recurso contencioso administrativo tramitado por el procedimiento ordinario, contra la resolución desestimatoria presunta por silencio administrativo dictada por la Dirección General de Tráfico en el Expediente NUM000, que impone la perdida de vigencia del permiso de conducir del recurrente, recurso del que dio traslado a la Administración demandada.

SEGUNDO

Que como principales argumentos impugnatorios, sostenía la parte recurrente que la resolución impugnada no era conforme a derecho por cuanto que consideraba que se había procedido a declarar la pérdida de vigencia de la autorización para conducir por la pérdida de la totalidad de los puntos asignados, siendo así que existían resoluciones judiciales...

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