STSJ Andalucía , 4 de Marzo de 1998

PonenteLUIS HERNANDEZ RUIZ
Número de Recurso2597/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 1998
EmisorSala de lo Social

A.A.S. SENTENCIA NÚM. 784/98 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA PRESIDENTE ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ ILTMO. SR. D. JULIO PÉREZ PÉREZ ILTMO. SR. D. JOAQUIN L. SANCHEZ CARRION MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a cuatro de Marzo de mil novecientos noventa y ocho La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2597/97, interpuesto por Estatuas y Reproduciones S.L. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Número Tres de los de Granada en fecha 10 de Junio de 1997 ha sido ponente el Iltmo. Sr. DON LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Magdalena en reclamación sobre Despido contra ESTATUAS Y REPRODUCIONES S.L. Y FOGASA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 10 de Junio de 1997 , por la que se estimaba la demanda interpuesta por la actora y se condenaba a la demandada, con responsabilidad subsidiaria del FOGASA.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Dª Magdalena , mayor de edad, con D.N.I. n° NUM000 , ha prestado servicios para la empresa ESTAR S.L con último domicilio conocido sito en Albolote (Granada), Polígono Juncaril R-86 y actualmente en paradero desconocido, dedicada a la actividad de elaboración de figuras decorativas con la categoría profesional del Oficial 1ª y salario de 4.690 ptas., desde el 1-12-95. 2º.- El día 31-1-97 debió cesar en la prestación de dichos servicios en virtud de comunicación efectuada verbalmente por la empresa en dicho sentido. 3º.- Se celebró el día 26-2-97 acto de conciliación con el resultado de intentado sin efecto en virtud de papeleta presentada el día 17 anterior, interponiéndose la demanda de autos el 3-3-97 .

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Estatuas y Reproduciones S.L., recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los" mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

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