STSJ Comunidad Valenciana , 27 de Mayo de 1998
Ponente | JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS |
Número de Recurso | 2677/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Mayo de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO N° 2.677/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA SENTENCIA Nº 616/98 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a veintisiete de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
Visto el recurso interpuesto por D. Oscar , representado y defendido por el Letrado Sr. Ferrer Giménez, contra la Resolución del Director Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos sociales de Valencia de 11 de julio de 1.995, desestimatoria de solicitud nominativa de oferta de empleo a ciudadano extranjero, habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados y mandando se admita la solicitud nominativa presentada.
La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.
No se recibió el proceso a prueba y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 78 de la Ley Reguladora , cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y Fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 26 de mayo de 1.998, teniendo lugar la misma el citado día.
En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se desestima la solicitud nominativa de empleo para un ciudadano extranjero en base a la existencia de ciudadanos españoles en paro en la actividad de la solicitud.
La parte recurrente alega en defensa de su derecho que el ciudadano extranjero, de nacionalidad china, es cocinero calificado especialista en cocina china, actividad concreta para la que va a ser empleado por D. Benjamín , como se ha acreditado en el expediente, la cual...
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