STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Diciembre de 1998

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
Número de Recurso1448/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 1.448 de 1.996 CUENCA S E N T E N C I A Nº

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Rouco Rodríguez Magistrados:

D. Mariano Montero Martínez Dª. Raquel Iranzo Prades En Albacete, a veintiocho de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 1448 de 1996 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de Don Javier , representado por la Procuradora Doña Pilar Cuartero Rodríguez y defendido por la Letrada Doña Mª Isabel Salom Sánchez. Contra la Dirección General de Tráfico del Ministerio de Justicia e Interior, representada y defendida por el Abogado del Estado. Sobre resolución sancionadora por infracción de tráfico; siendo Ponente el Iltmo. Señor D. Vicente Rouco Rodríguez, Presidente de la Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se interpuso en 6 de Agosto de 1996 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, y admitido a trámite y anunciada su interposición en el Boletín Oficial correspondiente, se le entregó expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que con estimación del recurso se anulen los actos recurridos por contrarios a Derecho, dejándolos sin efecto, imponiendo las costas de este procedimiento a la Administración y acordando por último que por dicha Administración le sean abonados también al actor todos los daños ocasionados como consecuencia de la manera de actuar tanto de la Dirección General de Tráfico como de la Jefatura Provincial de Tráfico de Cuenca.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la representación procesal de la Administración demandada para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia por la que se acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

TERCERO

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