STSJ Cataluña , 9 de Septiembre de 1998

PonenteODON FRANCISCO MARZAL MARTINEZ
Número de Recurso8942/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 8942/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL IA ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMO. SR. D. ODÓN FRANCISCO MARZAL MARTINEZ ILMA. SRA. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA En Barcelona a 9 de Septiembre de 1998 La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 5953./1995 En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURID. SOCIAL frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 15 Barcelona de fecha 15 de Julio de 1997 dictada en el procedimiento nº 314/1997 y siendo recurrido/a Teresa . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D: ODÓN FRANCISCO MARZAL MARTINEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de Marzo de 1997 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Antiguo-Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 15 de Julio de 1997 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimando procedente la demanda formulada por Dª. Teresa , debo declarar y declaro que se encuentra afecto de INVALIDEZ PERMANENTE EN GRADO DE TOTAL, para su profesión habitual, con efectos desde 25/7/96 y siendo revisable el grado en el plazo de 1 año, reconociéndole el derecho al percibo de una pensión mensual inicial equivalente al 55 % de su base reguladora de 109.529 pts, o sea en la cuantía de 60.241 pts, más las revalorizaciones legales pertinentes, condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por la presente declaración y al abono de la pensión indicada."

SEGUNDO

En dicha sentencia, coto hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero

La demandante Dª. Teresa nacida el día 12/4/43 y con D.N.I. nº NUM000 , figura afiliada a la Seguridad Social a través del Régimen General y con profesión habitual de (regadora de cocina.

Segundo

En fecha 12/11/96 tras el oportuno reconocimiento por la UVAMI, se dictó resolución por la Dirección Provincial del I.N.S.S. en fecha 13/12/95, declarando que la parte actora no está afecta de grado alguno de invalidez permanente.

Tercero

Formulada reclamación previa, fue desestimada por resolución...

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