STSJ Cataluña , 28 de Mayo de 1998

PonenteJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
Número de Recurso208/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 5ª

Recurso nº 208/95 SENTENCIA Nº 551 Iltmos Sres:

Presidente D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA Magistrados D. JOAQUÍN VIVES DE LA CORTADA FERRER CALBETÓ

D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA En la ciudad de Barcelona a 28 de mayo de 1998.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 208/95, interpuesto por Filomena representado y dirigido por la letrada Sra. Alicia Iglesias Martín contra el Ministerio del Interior (Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona) representado y dirigido por la Abogacía del Estado, sobre sanción por infracción de tráfico. Ha sido Ponente el Iltmo SR. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaria de esta Sala en fecha de 27 de enero de 1995 se interpuso el presente recurso contra la resolución de la Dirección General de Tráfico de 5 de septiembre de 1994, por la que se desestimaba el recurso ordinario de fecha 30 de septiembre de 1993 interpuesto contra la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona de 16 de agosto de 1993 por la que se imponía al recurrente sanción consistente en suspensión del permiso de conducción por tiempo de tres meses y multa de 50.000 ptas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes en su momento y orden, los trámites conferidos en la demanda y contestación en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecha que constan en ellos, suplicó la actora la estimación de la demanda con, la consiguiente declaración de nulidad de las resoluciones impugnadas del Ministerio del Interior; por parte de la Administración demandada se interesó la desestimación del recurso, por entender que dichas resoluciones son conformes a derecho.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, presentaron las partes con posterioridad y por su orden sus escritas de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación, señalándose día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 6 de marzo de 1998. Planteándose el incidente prevista en el art. 43 de la ley jurisdiccional fueron oídas las partes con el resultado que obra en autos.

CUARTO

En la substanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía indicada por el actor de 50.000 ptas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución de la Dirección General de Tráfico de 5 de septiembre de 1994, por la que se desestimaba el recurso ordinario de fecha 30 de septiembre de 1993 interpuesto contra la resolución de la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona de 16 de agosto de 1993 por la que se imponía al recurrente sanción consistente en suspensión del permiso de conducción por tiempo de tres meses y multa de 50.000 ptas, en virtud de expediente nº

08011637605-5 incoado a raíz de denuncia interpuesta el 17 de mayo de 1993.

SEGUNDO

En el presente pleito...

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