STSJ Murcia , 22 de Abril de 1998

PonenteFRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ
Número de Recurso713/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Social

P.L. Recurso nº 713/97 ILTMO. SR. D. BARTOLOME RÍOS SALMERÓN Presidente.

ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ ILTMO. SR. D. JOAQUÍN SAMPER JUAN En la ciudad de Murcia a veintidós de Abril de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Iltmos. Sres citados, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 515 En el Recurso de Suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, dictada en proceso núm 1.105/96 , ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Imanol , en reclamación de Invalidez, siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en 29 de Enero de 1.997 por el Juzgado de lo Social do referencia, por la que se estimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia, y como Hechos Probados, se declaraban: "1º) El actor Imanol , nacido en 7-11-46, ha sido al La en Régimen de Seguridad Social, General por tareas de obrero fábrica de conservas. 2º) El trabajador inició ILT en 8-11-94, el reconocimiento de la EVI tuvo lugar en 10-7-96. 3º) El I.N.G.S. ha declarado invalidez pte. Total. 4º) Deduce el interesado la demanda paro que se le declaro en situación de Invalidez Permanente Absoluta para toda ocupación laboral, 5º) La base rotuladora es 86.593 pts. 6º) Se interpuso reclamación previa. 7º) Presenta: Varicoflebitis de repetición; tromboflebitis de safena interna en miembro inferior izq y síndrome post-flebitico en dicho miembro; lesiones eccematosas y ulcerosas, incapacidad funcional para bipedestación prolongada. Requiere mantener la pierna en alto para evitar edemas y úlceras varices en pierna derecha."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando lo demanda interpuesta por D. Imanol , contra el INSS; debo declarar al actor en situación de Invalidez Permanente Absoluta para toda ocupación laboral, con derecho a lucrar pensión del

100% de su Baso Reguladora 86.593 pts, mas mejoras y revalorizaciones, condenando al I.N.S.S. al reconocimiento de tal situación y al abono de la pensión con efectos económicos desde el 10-7-96, hasta el tope legal máximo".

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso Recurso do Suplicación por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la parte demandada, con impugnación do contrario, representado por D. ANTONIO CHECA DE ANDRÉS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO: El actor y recurrente, D....

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