STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Mayo de 1998

PonenteENRIQUE JUANES FRAGA
Número de Recurso1593/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1998
EmisorSala de lo Social

Reg. Gral. núm. 1.593/98 /ML/

Sección Sexta SENTENCIA NÚM.- Iltmo Sr. D. Jesús Martínez Calleja Presidente Iltmo. Sr. D. Conrado Durantez Corral Iltmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga En Madrid, a veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Señores citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación nº 1.593/98 Sección Sexta, interpuesto por DON Cesar frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 Móstoles de los de Madrid, de fecha 28 de Noviembre de 1.997 ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique Juanes Fraga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, con nº de autos 413/97 tuvo entrada demanda suscrita por DON Cesar contra EL AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES (MADRID) en reclamación sobre DESPIDO. Admitida dicha demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó resolución con fecha 28 de Noviembre de 1.997 en los términos que figuran en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaraban los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Cesar , prestó servicios por cuenta y bajo la dependencia del Ayuntamiento de Móstoles desde el 20 de enero de 1.997, con la categoría de Profesor de Música (guitarra)

y salario mensual de 132.000 pesetas, con inclusión de partes proporcionales de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

En fecha 17-7-97 el Ayuntamiento de Móstoles comunicó al actor mediante carta de fecha 14-7-97 que: "..con fecha 21-7-97 finaliza la obra o servicio determinado objeto de su contrato laboral, celebrado al amparo del Real Decreto 2546/94 ... por lo que a partir del día 22-7-97 y hasta el día 8-8-97 ambos inclusive, disfrutaré de vacaciones devengadas, manteniéndose en alta en la empresa hasta el día

17-8-97 fecha en que finalizará su relación laboral con éste Ayuntamiento." (Documento n° 3 ramo prueba parte demandante y documento 2 nº 5 ramo prueba parte demandada.)

TERCERO

La vía previa ha sido agotada en debida forma.

CUARTO

El demandante no ostenta nim ha ostentado en el año anterior al despido la condición de miembro del Comité de empresa ni de delegado sindical.

QUINTO

Para el curso escolar 1996/97 el Ayuntamiento demandado efectuó en septiembre 96 una convocatoria para la cobertura de 10 plazas de profesor de diversos instrumentos musicales ofertando las condiciones laborales mediante la contratación temporal por obra o servicio determinado al amparo del Real Decreto 2546/94 .

Efectuado el proceso selectivo correspondiente por Acuerdo de 4 de octubre de 1996, la Comisión de Gobierno Municipal decidió la contratación de 10 profesores de Música en régimen laboral temporal por obra o servicio para el curso 96/97 en el Conservatorio Municipal y durante el periodo 9 de Octubre de 1996 a 17-8-97. (Documento 5 números 1 y 2 y Documento 5 n° 6 ramo prueba documental parte demandada.)

SEXTO

En fecha 15 de Noviembre de 1996 la Comisión de Gobierno Municipal propuso iniciar un proceso selectivo para cubrir por contratación laboral temporal una plaza de profesor de guitarra en media jornada y una plaza de profesor de piano a jornada completa, mediante contratos de obra o servicio determinado al amparo del Real Decreto 2546/94 (Documento nº 1 ramo prueba parte demandada.)

SEPTIMO

El 28 de Noviembre de 1996 se ofertan las citadas plazas indicando en el Anuncio de oferta pública que el tipo de contrato es "laboral temporal por obra o servicio determinado". (Grupo de Documento 1 nº 2 ramo prueba parte demandada).

OCTAVO

El día 5 de Diciembre de 1996 el demandante presentó solicitud paraca plaza de Profesor de Guitarra. (Grupo Documento 1 nº 4 ramo prueba parte demandada.

NOVENO

Efectuado el proceso selectivo el demandante obtuvo la mayor puntuación, elaborando el Tribunal Calificador Acta del proceso en fecha 19-Diciembre-96 (Grupo de Documento n°s 6 a 8 ramo prueba parte demandada).

DECIMO

Por Acuerdo de 17 enero 1997 la Comisión de Gobierno Municipal decidió: "que se contrate a D. Cesar , y.... como Profesor de Guitarra, respectivamente en régimen laboral temporal por interinidad, al amparo del Real Decreto 2546/94 desde 20-Enero-97 y hasta la cobertura de las plazas pon O.P.E." (Documento 2 n° 1 ramo prueba parte demandada).

UNDECIMO

Dicho Acuerdo fue rectificada en fecha 24-Enero-97 para hacer constar que la jornada laboral de la contratación de D. Cesar era a media jornada.-(Documento 2 n° 2 ramo prueba parte demandada).

DUODECIMO

El día 20 de Enero de 1997 la corporación local y el demandante suscribieron contrato de trabajo el amparo del Real Decreto 2546/94 figurando en su cláusula 7ª que se celebra para "ocupar la plaza hasta que se cubra de forma definitiva: por O.P.E.". Dicho contrato fue registrado en la oficina del Inem bajo n° 854.

Por comunicación de fecha 27-1-97, las partes contratantes presentan ante el INEM (dia 30-Enero 97)

escrito alegando la existencia upe error en el contrato sellado bajo el número 854 y solicitando su sustitución por otro contrato de trabajo a tiempo parcial celebrado al amparo del Real Decreto 2317/93. figurando en la cláusula 4ª que se celebra para "ocupar la plaza hasta que se cubra de forma definitiva mediante O.P.E."

(Documento 2 n° 3 ramo prueba parte demandada).

DECIMOTERCERO

La Comisión de Gobierno Municipal en fecha 11-7-97 acordó rectificar el acuerdo adoptado por la misma el día 17-enero-97 referido a la contratación del demandante (junto son otros trabajadores) teniendo en cuenta el Anuncio y las bases de la convocatoria, modificando el régimen de la contratación temporal por interinidad al amparo del Real Decreto 2546/94, desde el 20 enero 97 y hasta la cobertura, de las plazas por O.P.E." por "en régimen laboral temporal por obra o servicio determinado al amparo del Real Decreto 2546/94 desde el 20 Enero 97 y hasta la finalización del curso 96/97".

Dicho Acuerdo fué remitido al demandante por correo certificado, siendo recibido por éste el día 19- 7-97 (Documento 2 nº 5 ramo prueba parte demandada).

DECIMOCUARTO

En fecha 31-7-97 el Ayuntamiento de Móstoles anunció las bases para la convocatoria de 22 plazas de Profesores de. Conservatorio para el curso 97-98 y su cobertura por concurso-oposición. Entre dichas plazas figuraba una para la especialidad de guitarra.

El demandante no formó parte de tal convocatoria en la que se ofertaron las plazas mediante la...

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