STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Enero de 1998

PonenteENRIQUE FELIX DE NO ALONSO-MISOL
Número de Recurso2059/1997
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Enero de 1998
EmisorSala de lo Social

Recurso n° 2.059/97 Sentencia núm. 37 ILMO. SR. D. MANUEL AVILA ROMERO PRESIDENTE ILMO. SR. D. ENRIQUE DE NO ALONSO MISOL ILMO. SR. D. MANUEL GARCÍA FERNANDEZ LOMANA En Madrid a quince de enero de mil novecientos noventa y ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente, SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 2.059/97-1", interpuesto por el Letrado D. Joaquín María Fontes de Garnica, en representación de D. Emilio , contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 36 de Madrid de los de Madrid, dictada en autos núm. 720/96 , seguidos a instancias del recurrente contra INFORMACIÓN Y PUBLICACIONES, S.A. Y OTROS, en reclamación sobre extinción de contrato. Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. D. ENRIQUE DE NO ALONSO MISOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma.

Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia en fecha dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y seis, por la que se declaró lo consignado en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como hechos probados se declararon tos siguientes:

"Primero.- El demandante D. Emilio ha venido prestando servicios para la codemandada Información y Revista, S.A., desde el 1 10.81, ostentándola categoría de Director Adjunto, y percibiendo una retribución mensual con prorrata de pagas extras de 1.067.022 pesetas, más 5.500 pesetas en concepto de transporte.

Segundo

Con fecha 9.8 96 el actor fue despedido doc núm. 10 del ramo de prueba de la demandante, siendo posteriormente readmitido, según acta de conciliación celebrada con fecha 23.10.96 ante el Juzgado de lo Social 4 de Madrid, autos 630/96, en el curso de la cual la empresa Información y Revistas S.A., ofreció la readmisión al actor en las condiciones anteriores al cese, debiendo ésta llevarse a cabo el lunes siguiente, 28.10.96. Tercero.- El actor no se reincorporó al a empresa, al disfrutar desde aquella fecha de un periodo de vacaciones. Cuarto.- Las codemandadas Información y Gestión 1 S. A., Información y Distribución, S.A., Información y Revistas, S.A., Cambio y Viajes, S.A. e Información y Publicaciones, S.A. forman parte de un mismo grupo empresarial -Grupo 16-. Quinto.- Con fecha 13.12.96 D. Valentín , como Administrador Único de la empresa Grupo 16 -Revistas, presentó ante la Consejería Economía y Empleo de la Dirección General de Trabajo y Empleo de la Comunidad de Madrid, expediente de regulación de empleo, al que se acompaña, entre otros documentos, acta de inicio y conclusión del periodo de consultas con acuerdo, figurando entre los trabajadores afectados por el expediente, el hoy actor, D. Emilio . Sexto.- En el referido expediente consta acuerdo entre la Dirección de las empresas afectadas y la representación legal de los trabajadores para extinguir los 24 contratos de trabajo propuestos por la Dirección de la empresa; asimismo en el mencionado acuerdo expresamente se hizo constar que desde principios del mes de septiembre del presente año se vienen manteniendo distintas conversaciones y estudios entre la Dirección de la empresa y los representantes legales de los trabajadores de los centros de trabajo de Madrid, en aras de articular formulas que puedan servir para evitar el cierre de Inrevisa, Cavisa, Indisa e Inpulsa, según consta en los documentos núm. 17 y siguientes del ramo de prueba de las demandadas, cuyo contenido ha de darse por reproducido. Séptimo.- El actor dirigió escrito al Comité de Empresa de Información y Revistas, S.A., con fecha 16.12 96, declarando expresamente su oposición al expediente de regulación de empleo así como solicitando su exclusión del mismo. Octavo.- La demandada Información y Revistas S.A. adeuda al actor al día de la fecha las siguientes cantidades: mensualidades de mayo a agosto de 1996 -8 días-, ambos inclusive, y extra de verano de 1996, por un importe total de 4.273.124 pesetas; salarios de trámite desde el 9.8.96 hasta el 23.10.96; extras de febrero de 1.995, Navidad 1 995 y febrero 1996, por importes, respectivamente, de 523.114 pesetas, 448.114 pesetas y 523.114 pesetas. Noveno.- Se presentó papeleta de conciliación ante el SMAC el 24.10.96, habiéndose tenido por intentado el acto y sin efecto el 8.11.96.

Décimo

Se formuló demanda el 28.10.96 habiéndose desistido en el acto del juicio en relación al GRUPO ALTA YA, S.A.YD. Jose Luis "

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugando de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia, desestimatoria de la demanda, en reclamación de extinción...

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