STSJ Canarias , 2 de Enero de 1998
Ponente | FRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES |
Número de Recurso | 2092/1995 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Enero de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 20/98 ILMOS. SRES.
DON JESÚS SUAREZ TEJERA Presidente DON JAVIER IZQUIERDO DEL FRAILE DON FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ CACERES Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 1998.
Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso número 2092/1995, tramitado por el procedimiento especial en materia de personal, en el que interviene como demandante el Sindicato GIAL, representado por el Letrado don Héctor Cabrera Guerra, y como administración demandada el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, representada por el Procurador don Francisco López Díaz y defendida por el Letrado don José Ramón y Montanana, versando el recurso sobre nombramiento de funcionario en comisión de servicios, siendo la cuantía del procedimiento indeterminada.
Mediante Decreto de 27 de julio de 1995, el Alcalde de Las Palmas de Gran Canaria acordó "la adscripción a la plaza de Inspector Jefe de la Policía Local de este municipio, en Comisión de Servicios de carácter voluntario, del Sr. Matías , funcionario de Administración Local, Grupo A, con derecho a percibir, con los efectos de su toma de posesión, las retribuciones básicas y complementarias con las que se encuentra dotada dicha plaza en el vigente Presupuesto".
La representación de la actora interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la suplica de que se dicte sentencia por la que se anule el acto recurrido.
La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia de inadmisibilidad y, subsidiariamente, desestimatoria del recurso interpuesto.
Practicada la prueba pertinente, se señaló para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 2 de enero de 1998, en cuyo acto tuvo lugar su realización.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don FRANCISCO JOSÉ GÓMEZ CACERES, Magistrado de esta Sala.
La pretensión de revisión jurisdiccional de la resolución impugnada ha de ser considerada inadmisible habida cuenta de la patente falta de legitimación activa en el Sindicato actuante para interesar la nulidad del nombramiento, en comisión de servicios, de don Matías como titular de la plaza de...
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