STSJ Navarra , 18 de Junio de 1999

PonenteJUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
Número de Recurso1092/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. JUAN A. FERNANDEZ FERNANDEZ D. ANTONIO RUBIO PEREZ 1 En Pamplona, a dieciocho de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 1.092/96, promovido contra la Resolución del Sr. Director Provincial de la Tesorería General de la S.S. de fecha 15 de Mayo de 1.996 por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra el acta de liquidación nº

259/96 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de fecha 26 de Marzo de 1.996, mediante la que se le exigía el pago de la cantidad de 2.701.702 pesetas, por cotizaciones al Régimen General y recargos, correspondientes al período 1 de enero a 31 de Diciembre de 1.991, siendo en ello partes: como recurrente el AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA representado por la Procuradora Sra. Igea y dirigido por el Letrado Sr. Munarriz; y como demandado la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL representada y dirigida por el Sr. Carrasco Pinto, y como codemandados Elsa , Penélope , Teresa , Ana María y Begoña representados y dirigidos por el Letrado Sr. Ibañez Olcoz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso se interpuso el 4-7-1996 contra la resolución citada en el encabezamiento.

SEGUNDO

La demanda presentada mediante escrito de 20-12-1996 fue contestada por la Tesorería General de la Seguridad Social y por D. Pablo Ibañez Olcoz en nombre de las codemandadas Sras. Elsa , Penélope Ana María Teresa y Begoña .

TERCERO

Seguido el pleito por todos sus trámites se entregaron al Iltmo. Sr. Magistrado para señalamiento en votación y fallo, el que tuvo lugar el día 8 de Junio de 1999.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN A. FERNANDEZ FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de despido lleva implícita la declaración de existencia de relación laboral por cuenta ajena entre los que actúan como codemandados en este recurso y Ayuntamiento de Pamplona, y tal declaración facultaba a la T.G.S.S. para revisar el encuadramiento de aquellos en el Régimen Especial de Autónomos sin necesidad de plantear la misma cuestión ante la Jurisdicción Social de conformidad con la previsto por el artículo 149-1 de la Ley de Procedimiento para el supuesto -distinto al planteado en este procedimiento- de impugnación de actas de infracción.

Esa facultad de revisión del alta en cualquier régimen de la Seguridad Social, y en general de la comprobación del...

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