STSJ Navarra , 7 de Abril de 1999

PonenteIÑIGO BARBERENA BELZUNCE
Número de Recurso2247/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Abril de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 386 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE 1 En Pamplona, a siete de abril de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 2247/95, promovido contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso formulado ante el Gobierno de Navarra (Organo de Informe y Resolución en materia tributaria) contra la liquidación nº

12673-93 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, siendo en ello partes: como recurrente D. Luis Manuel , representado por la Procuradora Sra. González y dirigido por la Letrada Sra. Saenz; y como demandada el GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico-Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante contrato privado de compraventa de fecha 19 de septiembre de 1983 el recurrente en esta instancia jurisdiccional adquirió, junto con su esposa, la vivienda y anexos (plaza de garaje y cuarto de desahogo) sitos en el nº NUM000 , piso NUM001 B, de la calle DIRECCION000 de Pamplona.

SEGUNDO

En el mes de noviembre de 1992 el recurrente fue requerido por el Negociado de Patrimonio del Gobierno de Navarra para que aportara el citado contrato privado de compraventa con el objeto de tramitar la escritura pública, toda vez que se trataba de una vivienda relacionada con la Diputación Foral de Navarra.

Con fecha 18-11-92 el Negociado de Patrimonio dio traslado del contrato privado aportado por el actor a la Sección gestora del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, a los efectos oportunos.

Con fecha 17-12-93 se practicó y notificó liquidación del citado Impuesto por la transmisión de la vivienda referida, incluyéndose en la misma los siguientes conceptos:

Cuota213.350

Multas53.338 Interés de demora141.968 Honorarios liquidación6.401 Total a ingresar415.057 TERCERO.- El día 14-1-94 el actor interpuso recurso de alzada frente a la anterior liquidación.

Transcurrido con creces el plazo para resolver sin que se dictara resolución expresa, con fecha 1-3- 95 se solicitó la certificación de acto presunto, la cual fue emitida el 26-5-95. Cumplidos los demás trámites legales, se interpuso el presente recurso contencioso-administrativo, de 415.057 pesetas de cuantía, que fue tramitado en todas sus fases conforme a las prescripciones de la Ley Jurisdiccional, habiéndose señalado para votación y fallo el día veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IÑIGO BARBERENA BELZUNCE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora sustenta el presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 3 de Noviembre de 2010
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 3 Noviembre 2010
    ...y otras pruebas que permitían deducir que las ventas se realizaron en épocas anteriores. Finalmente, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 7 de abril de 1999 tiene por cierta la fecha de un documento privado de compraventa de una vivienda y no la de la escritura públi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR