STSJ Galicia , 7 de Abril de 1999

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
Número de Recurso560/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Abril de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000560/1996 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado lo siguiente:

S E N T E N C I A Nº 337 1999 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO MAGISTRADOS:

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ Dª. ANA ISABEL MARTIN VALERO En La Ciudad de A Coruña, a siete de abril de Mil novecientos noventa y nueve.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0000560 /1996 pende de resolución de esta sala, interpuesto por María Dolores , que comparece por si mismo, contra Resolución de la Dirección Xeral de Persoal, Conselleria de Educación de 12.02.96 desestimando recurso ordinario contra otra de la Delegación Provincial de A Coruña, sobre denegación de la "Habilitación en Educación Música".

Es parte como demandada DIRECCION GENERAL DE PERSONAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de indeterminada .

RESULTANDO que admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La recurrente con fecha 22.09.1995, solicitó del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de A Coruña de la Conselleria de Educación y O. U., la habilitación que le permitiese optar al puesto de trabajo de Educación Musical, aportando la correspondiente fotocopia compulsada del certificado de tener superados los estudios de conjunto de coral, correspondiente al Grado Elemental; Con fecha 20.11.1995, el Ilmo. Sr. Delegado, resuelve desestimar su solicitud, por considerar que no acreditó reunir alguno de los requisitos fijados en el Anexo II de la Orden de 10.04.1992, para obtener la habilitación solicitada. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia por la que se declare nula, anule, revoque y deje sin efecto los actos administrativos objeto del presente recurso; declare y reconozca el derecho a que se le habilite al puesto de trabajo de Educación Musical, condenando a la demandada a que, estando y pasando por tal declaración, le habilite en el citado puesto.

RESULTANDO que conferido traslado de la demanda al Letrado de la Xunta de Galicia evacuó dicho traslado a medio de...

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