STSJ Cataluña , 23 de Junio de 1999

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
Número de Recurso1841/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Junio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 1.841 de 1.996 Partes: "Valldeoriola Patrimonial, S.L." contra el Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat SENTENCIA Nº 688 Ilmos. Sres:

Presidente:

D. Manuel Quiroga Vázquez Magistrados:

D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de junio de mil novecientos noventa y nueve.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de S.M. el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Valldeoriola Patrimonial, S.L.", representada por el Procurador Sr. Badía Costart y defendida por Letrado, contra el Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat, representado y defendido por la Letrada Sra. González Martín, en relación con aprobación de un Estudio de Detalle, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, en el que, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de la pretensión articulada.

Segundo

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba fueron practicadas las consideradas pertinentes, con el resultado que es de ver en los mismos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes hicieron las alegaciones que estimaron convenientes a su derecho, señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 14 de junio de 1.999.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación de la desestimación tácita por silencio administrativo de la petición efectuada por la actora el día 12 de junio de 1.996 (entrada el día 14) al Ayuntamiento demandado, en relación con un Estudio de Detalle de Ordenación Volumétrica de la manzana delimitada por las calles Benviure, Antoni Gaudí, Rubió i Lluch y el Sector SB-23. Se solicita en la demanda la anulación del...

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