STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Diciembre de 1999

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
Número de Recurso4818/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 1999
EmisorSala de lo Social

Rec. supl. 4818/99-1ª

Sentencia nº 640/99 Mª P.Z. Ilmo. Sr D. José Joaquín Jiménez Sánchez Presidente Ilma Sra Dª Begoña Hernani Fernández Ilmo. Sr D. Enrique F. De No Alonso Misol En Madrid a veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 4818/99-1ª, interpuesto por el Letrado D. Carlos Rodriguez Rodriguez en representación de D. Francisco , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid de fecha 17 de marzo de 1999, dictada en autos nº 705/98 , seguidos a instancia del recurrente frente al Mº DE ECONOMIA Y HACIENDA representado por el Abogado del Estado, en reclamación de derechos, ha sido Ponente la Ilma Sra Dª Begoña Hernani Fernández .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda en el Juzgado de lo Social de referencia por la parte actora en la que solicita se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia en fecha 17 de marzo de 1999, por la que se declaró lo consignado en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que en la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

El actor firmó en fecha 15-3-95 contrato de trabajo como Analista de Mercado, con el Ministerio de Comercio y Turismo, Oficinas Comerciales, con destino en Helsinki (Finlandia).

SEGUNDO

En fecha 15 de febrero de 1966, y con efectos del 15 de abril de 1996, al fin de poder atender asuntos propios, el actor solicitó "excedencia voluntaria", ante el Ministerio de Comercio y Turismo, con fundamento en el art. 46.2 y 5, del Real Decreto Legislativo 1/1.995, de 24 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores .

TERCERO

En fecha 1 de abril de 1.996 el Sr. Subsecretario, por delegación la Directora General de Servicios adopta la resolución de conceder la excedencia voluntaria solicitada con efectos 15 de abril de 1.996.

CUARTO

El demandante solicitó el 15 de septiembre de 1998 su reingreso al servicio activo desde la situación de excedencia voluntaria " .. a las vacantes que se puedan producir como analista de mercado, en el ámbito de las Oficinas Comerciales ..."

Posteriormente, con fecha 9 de octubre de 1998, presentó una reclamación previa a la vía judicial en la que solicitaba el reconocimiento del derecho " .. al reingreso a la plaza de analista de mercado en San Juan de Puerto Rico, por tener derecho preferente a cualquier vacante que haya o se produzca en el ámbito de las Oficinas Comerciales", al tener conocimiento de que esta plaza había sido objeto de convocatoria.

QUINTO

Las oficinas Comerciales de España en el exterior constituyen centros de trabajo independientes, exigiéndose para el acceso a las plazas vacantes de personal laboral el cumplimiento de los perfiles que para cada caso se establezcan. De acuerdo con ello, el contrato que suscribió en su día el demandante lo fue para ocupar la plaza de Analista de Mercado en Helsinki, exigiéndose para ello el cumplimiento de los requisitos que se establecían en las bases del concurso -concretamente, en este caso, dominio del finés, español e inglés y titulo universitario superior- y la valoración preferente de una serie de méritos -que para el puesto en cuestión venían referidos al conocimiento y experiencia relacionados con el comercio finlandés-.

SEXTO

La convocatoria de la plaza de analista de mercado en San Juan de Puerto Rico estableció como valoraciones preferenciales, entre otras, el conocimiento de Economía y legislación económica-comercial de España y Puerto Rico, de las relaciones bilaterales de España y Puerto Rico, y del status político y...

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