STSJ Navarra 321/2010, 29 de Junio de 2010
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2010:486 |
Número de Recurso | 154/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 321/2010 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 321/2010
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE,
D. IGNACIO MERINO ZALBA
MAGISTRADOS,
D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
En Pamplona a Veintinueve de Junio de Dos Mil Diez.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, ha visto, en grado de apelación, el presente rollo nº154/2009 contra la Sentencia nº 85/2009 recaída en los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº1 de Pamplona correspondientes al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario nº100/2008, y siendo partes como apelante el Gobierno de Navarra representado y defendido por su Asesor Jurídico y como apelado D. Jesús Ángel representado por el Procurador Sra. Díaz Álvarez Maldonado, y viene en resolver en base a los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.
La Sentencia nº 85/2009 recaída en los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Pamplona correspondientes al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario nº100/2008 dispone en su fallo: "Que debo estimar como estimo ... y debo declarar y declaro que la propuesta de liquidación efectuado al hoy demandante no es conforme a Derecho, por lo que se anula, debiendo proceder la Hacienda Tributaria a la devolución del importe pagado más los intereses legales aplicables a dicha cantidad; sin costas.·.
Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación al que se dio el trámite legalmente establecido en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada.
La parte apelada demandada, se opone a la pretensión anterior solicitando la confirmación de la sentencia de instancia.
Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el día 29-6-2010.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada en cuanto no contradigan los recogidos en esta Sentencia.
El recurso de apelación se interpone frente a la Sentencia nº 85/2009 recaída en los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Pamplona correspondientes al recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario nº100/2008 que dispone en su fallo: "Que debo estimar como estimo ... y debo declarar y declaro que la propuesta de liquidación efectuado al hoy demandante no es conforme a Derecho, por lo que se anula, debiendo proceder la Hacienda Tributaria a la devolución del importe pagado más los intereses legales aplicables a dicha cantidad; sin costas.·.
El recurso de apelación debe ser...
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