STSJ Asturias 2319/2010, 20 de Septiembre de 2010

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2010:3554
Número de Recurso1601/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2319/2010
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02319/2010

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2010 0101636

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001601 /2010 JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEM: 793/2009 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 6 DE OVIEDO Recurrente/s: I.N.S.S I.N.S.S

Abogado/a: LETRADO SEGURIDAD SOCIAL

Recurrido/s: Eladio, T.G.S.S

Abogado/a: ROGELIO ARAMBURU DIAZ, LETRADO SEGURIDAD SOCIAL SENTENCIA Nº 2319/10

En OVIEDO, a veinte de Septiembre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, y D. LUIS CAYETANO FERNÁNDEZ ARDAVIN, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1601/2010, formalizado por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 276/10 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 793/2009, seguido a instancia de D. Eladio frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, partes demandadas representadas por el Letrado de la SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Eladio presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 276/10, de fecha veintiséis de Abril de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. D. Eladio, nacido el 14-03-73 y afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el número NUM000, tiene como profesión habitual la de Conductor en la empresa TRANSCUERVO BILBAO S.L.

  2. En fecha 01-10-07 el actor pasó a la situación de Incapacidad Temporal derivada de Enfermedad Común, en la que permaneció hasta que fue Alta por agotamiento del plazo máximo de permanencia en la citada situación, iniciándose a instancia del demandante actuaciones administrativas encaminadas a que se le declarase afectado de una incapacidad permanente, tramitándose el correspondiente expediente y resolviéndose finalmente por la Dirección del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL con fecha 11-05-09, previo Dictamen Propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades de fecha 08- 05-09, que el trabajador no estaba afectado de Invalidez Permanente alguna; estando disconforme con dicha resolución, formuló frente a la entidad Reclamación Previa que le...

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