STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Febrero de 1999

PonenteMARIA JOSE SUAREZ FERNANDEZ
Número de Recurso6819/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Febrero de 1999
EmisorSala de lo Social

Rec num. 6819/98 -SENTENCIA NUM. 241/99-CM Sección 3ª. Sr. Fariñas Matoni.

Ilmo. Sr. D. Jose Luis Nombela Nombela.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Eustasio de la Fuente González Ilma. Sra. Dña. Mª José Suárez Fernández Madrid, doce febrero de mil novecientos noventa y nueve La Sala de lo Social dei Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 6819/98 interpuesto por DON JAVIER BLANCO MORALES, Letrado, en representación de DON Luis Alberto , contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Madrid, en su procedimiento núm. 236/98 , habiendo sido Ponente la ILMA. SRA. Dª. Mª

José Suárez Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por DON Luis Alberto sobre accidente, siendo demandados el INSS y otros y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 17.9.98 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Luis Alberto , nacido el 8-3-41 afiliado a la SS con el n° NUM000 bajo el régimen general venia prestando sus servicios para la empresa Cofares SA, como mecánico profesional 1°

de oficio, cuando el 5-12-88 sufrió un accidente de trabajo.

SEGUNDO

El actor fue atendido por la Mutua Asepeyo, que tenia cubierta dicha contingencia con aquella., empresa, diagnosticándole "fuerte contusión por atrapamiento de muslo derecho, con derrame Moral-Lavallée", siendo dado de alta el 9-12-98- folio 135-.

TERCERO

El actor continuó en su puesto de trabajo sin ninguna baja médica, hasta el 12-1-96 en que se extinguió su contráto tras despido -folio 128-.

CUARTO

Estando en desempleo inició un periodo de ILT, el 21-3-96 del que fue dado de alta el 20- 9-97 por agotamiento de plazo -folio 129- y posterior prorroga al 13-12-97 por resolución de invalidez -folios 130 a 133-.

QUINTO

El 4-12-97 se emite el preceptivo informe de síntesis, que por obrante en autos se da aqui por reproducido -folios 39 a 45-.

SEXTO

El 15-12-97 la Dirección Provincial del INSS dicta resolución, la ahora combatida, por la que deniega la invalidez por "No alcanzar, las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente".

SÉPTIMO

El acto presenta el siguiente cuadro residual cervicalgias, lombalgia de evolución.

Irradiación ciatica derecho ocasional, ligera limitación en la rotación del cuello, síndrome vertiginoso ocasional, parestesias en manos ocasionales. Alteraciones degenerativas a razón niveles L5- S1.

Degeneración discal con osteofito y ocupación del receso lateral derecho. Obesidad patológica (110 Kgr).

Se encuentra limitado para esfuerzos físicos intensas.

OCTAVO

La basé de cotización del actor en noviembre de 1988 ascendió a 5582 Pts/dia.

NOVENO

La base reguladora de la prestación solicitada para contingencia derivada de enfermedad común asciende a 212.915- Pts. DÉCIMO.- Se ha agotado la vía previa administrativa.

Siendo de aplicación a os mismos los siguientes TERCERO.- Que contra dicha sentencia anunció y formalizó Recurso de suplicación DON Luis Alberto , siendo impugnado por DON MARIO ALFONSO MARTINEZ ESCUIN, letrado, en representación de COOPERATIVA FARMACÉUTICA ESPAÑOLA, COFARES, pasándose los autos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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