STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Enero de 1999

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
Número de Recurso16/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Enero de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 16/97 Ponente Sr. Zarzalejos TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEXTA SENTENCIA núm. 87 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas Magistrados:

Dª Mª Teresa Delgado Velasco D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dª. Eva Isabel Gallardo Martín de Blas D. Francisco de la Peña Elías En la villa de Madrid, a veintiséis de enero de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm 16/97, interpuesto por D. Luis Carlos , que actúa en su propio nombre, contra la resolución de fecha 26 de agosto de 1996 del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid que le impuso la sanción de apercibimiento como autor de una falta disciplinaria leve, así como frente a la de 24 de octubre de 1996 que desestimó el recurso deducido contra aquélla; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción , se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que, estimando el recurso, se revoque la sanción impuesta.

SEGUNDO

La representación procesal del Ayuntamiento de Madrid contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso por estar ajustadas al ordenamiento jurídico las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Finalizada la tramitación., para votación y Fallo del presente recurso se señala la audiencia del día 25 de enero de 1999, teniendo así lugar.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo , quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución de fecha 26 de agosto de 1996 del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, confirmada por la de 24 de octubre del mismo año, que impuso al hoy demandante -policía municipal de dicha Corporación- la sanción de apercibimiento como autor responsable de una falta disciplinaria leve, por los siguientes hechos: no haber informado de su asistencia al juicio oral celebrado el día 27 de junio de 1996 en el Juzgado de lo Penal núm. 22 de Madrid (Procedimiento Abreviado núm. 3072/96).

El Ayuntamiento demandado considera que los indicados hechos constituyen la falta leve tipificada en el artículo 242.b) del Reglamento del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid (negligencia u olvido en el cumplimiento de las funciones o de las órdenes recibidas, sin causa justificada) Y frente a tal decisión el recurrente invoca los siguientes motivos de impugnación: a) prescripción de la falta; b) vulneración del derecho a la presunción de...

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