STSJ Canarias , 23 de Julio de 1999

PonenteFRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES
Número de Recurso861/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Julio de 1999
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 1153/99 ILTMOS. SRES.:

DON JESUS SUAREZ TEJERA Presidente DON JAIME BORRAS MOYA DON FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de julio de 1999.

Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso número 861/1998, tramitado por el procedimiento ordinario, en el que interviene como demandante doña Nuria , y como administración demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por la Sra. Letrada de sus Servicios Jurídicos, versando el recurso sobre deducción de haberes por inasistencia al puesto de trabajo, siendo la cuantía del procedimiento de 55.220 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La resolución de 1 de agosto de 1997, del Director del ICFEM, dispuso descontar de la nómina de la recurrente -funcionaria del Gobierno de Canarias- la cantidad de 55.220 pesetas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre , como consecuencia de no haber justificado la ausencia a su puesto de trabajo los días 14 y 15 de abril de 1997, 14, 15 y 16 de mayo de 1997, y 2 y 3 de julio de 1997.

SEGUNDO

Con fecha 8 de agosto de 1997, la interesada formula recurso ordinario, que es desestimado por Orden del Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias de 5 de noviembre de 1997 . Esta resolución es notificada a la actora el día 12 de noviembre de 1997.

TERCERO

El 18 de abril de 1998, la actora interpuso recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta del recurso ordinario formulado el 8 de agosto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se anule la resolución de 1 de agosto de 1997 y se le reintegre la suma descontada.

CUARTO

La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia de inadmisibilidad o, en su defecto, desestimatoria del recurso interpuesto.

QUINTO

Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones, señalándose para votación y Fallo del presente recurso la audiencia del día 23 de julio de 1999, en cuyo acto tuvo lugar su realización.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES, Magistrado de esta Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Formulado por la actora recurso ordinario contra la resolución del Director del ICFEM de 1 de agosto de 1997, y "entendiéndolo" desestimado por silencio, el día 18 de abril de 1998 interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la "desestimación presunta" del recurso ordinario mencionado. La realidad, sin embargo, es que el día 12 de noviembre de 1997 se notifica a la actora (folio 6 del expediente) la Orden del Consejero de Empleo de 5 de...

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