STSJ Navarra , 13 de Julio de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA
ECLIES:TSJNA:2000:1462
Número de Recurso2712/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ MAGISTRADOS, D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona a Trece de Julio de Dos Mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra , constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 2.712/97 interpuesto contra la Resolución del Ministerio de Defensa de 7 de Noviembre de 1997 por la que se deniega al recurrente pensión e indemnización por secuelas derivadas de accidente sufrido durante la prestación del servicio militar, en los que han sido partes como demandante D. Guillermo representado por el Procurador Sr. Ortega y defendido por el Abogado Sr. Pérez, y como demandados la Administración del Estado representada y defendida por el Sr Abogado del Estado, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.

TERCERO

Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.

CUARTO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó , como obra en autos, teniendo lugar el día 13-7- 2000.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Ministerio de Defensa de 7 de Noviembre de 1997 por la que se deniega al recurrente pensión e indemnización por secuelas derivadas de accidente sufrido durante la prestación del servicio militar .

SEGUNDO

El actor ejercita dos pretensiones: la primera que se le reconozca una pensión a su favor (con base al RD Legislativo 670/1987 y RD 1234/1990) y la segunda solicita una indemnización (con base en la responsabilidad patrimonial de la Administración del artículo 139 de la Ley 30/1992). Ambas pretensión deben ser rechazadas y por ende la demanda debe ser desestimada íntegramente en base a los siguientes razones:

  1. - La pensión solicitada con base al RD Legislativo 670/1987 y RD 1234/1990, debe rechazarse toda vez que tal normativa solo es aplicable a los hechos acaecidos con posterioridad al 1-1-1985 (con fundamento y en relación al artículo 3 d del Texto Refundido de la Ley...

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