STSJ Navarra , 13 de Julio de 2000
Ponente | FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA |
ECLI | ES:TSJNA:2000:1462 |
Número de Recurso | 2712/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. JUAN A. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ MAGISTRADOS, D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona a Trece de Julio de Dos Mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra , constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 2.712/97 interpuesto contra la Resolución del Ministerio de Defensa de 7 de Noviembre de 1997 por la que se deniega al recurrente pensión e indemnización por secuelas derivadas de accidente sufrido durante la prestación del servicio militar, en los que han sido partes como demandante D. Guillermo representado por el Procurador Sr. Ortega y defendido por el Abogado Sr. Pérez, y como demandados la Administración del Estado representada y defendida por el Sr Abogado del Estado, venimos en resolver en base a los siguientes
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase sentencia estimatoria de sus pretensiones.
El Abogado de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia desestimatoria por la que se confirmase el acto recurrido.
Por auto que consta en el procedimiento se acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera así se verificó , como obra en autos, teniendo lugar el día 13-7- 2000.
Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA, quien expresa el parecer de la Sala.
A través de este recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Ministerio de Defensa de 7 de Noviembre de 1997 por la que se deniega al recurrente pensión e indemnización por secuelas derivadas de accidente sufrido durante la prestación del servicio militar .
El actor ejercita dos pretensiones: la primera que se le reconozca una pensión a su favor (con base al RD Legislativo 670/1987 y RD 1234/1990) y la segunda solicita una indemnización (con base en la responsabilidad patrimonial de la Administración del artículo 139 de la Ley 30/1992). Ambas pretensión deben ser rechazadas y por ende la demanda debe ser desestimada íntegramente en base a los siguientes razones:
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- La pensión solicitada con base al RD Legislativo 670/1987 y RD 1234/1990, debe rechazarse toda vez que tal normativa solo es aplicable a los hechos acaecidos con posterioridad al 1-1-1985 (con fundamento y en relación al artículo 3 d del Texto Refundido de la Ley...
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