STSJ Comunidad de Madrid 463/2010, 28 de Abril de 2010

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2010:12310
Número de Recurso140/2010
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución463/2010
Fecha de Resolución28 de Abril de 2010
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00463/2010

SENTENCIA Nº 463

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

D. Gregorio del Portillo García

En la Villa de Madrid a veintiocho de abril de dos mil diez.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 140/10, interpuesto -en escrito presentado el día 30 de junio pasado- por el Procurador D. Antonio Mª Alvarez-Buylla Ballesteros, actuando en nombre y representación del ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MADRID Y DEL CONSEJO GENERAL DE LOS ILUSTRES COLEGIOS DE PROCURAORES DE LOS TRIBUNALES DE ESPAÑA, contra el Auto dictado -el 28 de mayo del mismo año 2009- por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de esta Capital, en el P.O. 3/07, por el que se deniega y se declara no haber lugar a la imposibilidad legal y material de ejecución de la Sentencia dictada el 14 de abril de 2008 y confirmada en apelación por la Sentencia de 9 de enero de 2009, dictada por esta Sección Octava, por las que, se anulaban las Resoluciones de las Corporaciones apelantes que denegaron la colegiación del hoy apelado.

Ha sido parte apelada D. Victor Manuel .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Corporación Profesional apelante, en escrito fechado el 12 de febrero de 2009 y al amparo del art. 105.2 de la LJCA, planteaba la imposibilidad legal y, subsidiariamente, material, de ejecutar la precitada Sentencia, sobre la base del art. 23 de la Ley Enjuiciamiento Civil (modificado por la Ley 18/06, de 26 de mayor, BOE del día siguiente), imposibilidad legal y material en razón de las Sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo revocatorias en casación de las Sentencias dictadas por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que confirmaron las Ordenes Ministeriales que otorgaron el Título de Procurador -como en el supuesto de autos- antes de la entrada en vigor de la precitada Ley 18/06, de 26 de mayo, siendo denegada por el Auto aquí apelado.

SEGUNDO

Contra el referido Auto se ha interpuesto este recurso de apelación, que, admitido a tramite e impugnado por el actor, fue elevado el incidente a este Tribunal, con entrada en la Sección Octava el día 24 de marzo del corriente, ante la que se han personado los apelantes.

TERCERO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 27 de abril de 2010, teniendo lugar.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación. Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sobre la cuestión aquí planteada se ha pronunciado esta Sala y Sección en sus recientes sentencias firmes nº 898, de 29 de abril (Apelación 290/09) y nº 1.275, de 17 de junio (Apelación 317/09) y nº 1903, de 21 de octubre (Apelación 1103/09), todas del pasado año 2009 y nº 311, de 17 de marzo de 2010 (Apelación 1871/09 ), en las que se decía que en el momento presente, la situación fáctica -sobre la que se pronunciaron las Sentencias a ejecutar- ha cambiado radicalmente, pues la Sección Sexta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, está estimando los recursos de casación interpuestos contra las Sentencias dictadas por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (a...

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