STSJ Galicia 2719/2010, 28 de Mayo de 2010

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2010:5189
Número de Recurso930/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2719/2010
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0000930 /2010 -RMR

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

A CORUÑA, VEINTIOCHO DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000930 /2010 interpuesto por CONSELLERIA DE FACENDA, SEAGA (EMPRESA PUBLICA DE SERVICIOS AGRARIOS GALEGOS SA) contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE

COMPOSTELA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Pedro Antonio en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado CONSELLERIA DE FACENDA, SEAGA (EMPRESA PUBLICA DE SERVICIOS AGRARIOS GALEGOS SA). En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000912 /2009 sentencia con fecha dos de Diciembre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

D, Pedro Antonio viene prestando sus servicios para la EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A., en adelante SEAGA, con antigüedad de 9 de julio de 2008, con la categoría de OPERADOR/CODIFICADOR y con un salario de 1.10972 euros mensuales con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

Segundo

Tal relación aparece fundada en los siguientes contratos de trabajo: -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de una obra o servicio determinada definida como: "Encomenda de Xestión para o Servizo de Brigadas de Prevención, Vixilancia e Defensa contra os incendios Forestais para o ano 2008, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa", para prestar sus servicios como PEON, con la categoría de PEON, suscrito por las partes el 9 de Julio de 2008, notificándosele el fin de contrato el 26 de septiembre de 2008, con fecha 2 de octubre de 2008 y abonándosele un finiquito de 347#07 euros.

-Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, de interinidad para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, concretamente Sonsoles, para prestar sus servicios como OPERADOR CODIFICADOR, con la categoría de OPERADOR CODIFICADOR, suscrito por las partes el 15 de octubre de 2008, siendo dado de baja en la Seguridad Social el 24 de noviembre de 2008, emitiéndose documento de finiquito por importe de 948#10 euros.

-Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinado consistente en "Encomenda de Xestión do Centro de información do Agro Galego 2008, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa ", para prestar sus servicios como OPERADOR CODIFICADOR, con la categoría de OPERADOR CODIFICADOR, suscrito por las partes el 25 de noviembre de 2008, siendo dado de baja en la Seguridad Social el 31 de marzo de 2009, recibiendo en concepto de finiquito 1520#28 euros

-Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo, para a realización de obra o servicio determinado consistente en "Encomenda de xestión para o servizo de brigadas de prevención vixilancia e defensa contra incendios forestales, para prestar sus servicios como OPERADOR CODIFICADOR, con la categoría de OPERADOR CODIFICADOR, suscrito el 1 de abril de 2009 y respecto del cual se notifica su extinción el 30 de junio de 2009, con efectos desde el 15 de julio de 2009.

-Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización o servicio determinado consistente en "Encomenda de xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para o ano 2.009, tendo dita obra autonomía e sustantividade propia dentro da actividade da empresa, para prestar su servicios coma PEON ESPECILISTA, suscrito por las partes el 10 de agosto de 2009, notificándosele el 6 de octubre de 2009 la extinción del mismo con efectos desde el 7 de octubre de 2009.

Tercero

El demandante ha estado dado de alta en la Seguridad Social por cuenta de SEAGA en los siguientes periodos de tiempo: -15/10/2008 a 24/11/2008. - 25/11/2008 a 31/03/2009. -01/04/2009 a 15/07/2009. -16/07/2009 a 09/08/2009. - 10/08/2009 a 07/10/2009.

Cuarto

La EMPRESA PUBLICA DE SERVIZOS AGRARIOS GALEGOS, S.A. ha sido creada por Decreto de la Consellería de Economía e Facenda 260/2006 de 28 de diciembre, con un capital fundacional suscrito y desembolsado par la Comunidad Autónoma Gallega de 1.000.000 euros, encontrándose entre su objeto a realización : de aquellas actuaciones, obras, trabajos y prestaciones de servicios en materias agrícolas, ganaderas, y de desarrollo rural que de forma taxativa lle sean encomendadas par la Xunta de Galicia y la realización de todo tipa de actuaciones, obras, trabajas y prestaciones de servicios en materias forestales, especialmente las relacionadas can la prevención y lucha contra incendios forestales en particular e en general, aquellas actividades obras a servicios que requieran las intervenciones de carácter urgente, relacionadas con dichas materias

Quinto

En desarrollo de la "Encomenda de Xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para a ano 2008" se dicta, el 19 de mayo de 2008, por el Secretario XeraI de la Consellería de Medio Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 20 906 234 96 euros con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2008.

Sexto

En desarrollo de la "Encomenda de Xestión do Centro de Información do Agro Galego 2008 (CIAG)" se dicta, el 24 de abril de 2008, por el Secretaria Xeral de la Conselleria de Media Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 703 269#67 euros con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2008

Séptimo

En desarrollo de la "Encomenda de Xestión para o servizo de brigadas de prevención, vixilancia e defensa contra incendios forestais para a ano 2009", se dicta, el 23 de febrero de 2009, por el Secretario Xeral de la Conselleria de Medio Rural, orden de ejecución a SEAGA por importe de 23 216 843 25 euros con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2009.

Octavo

El 30 de Junio de 2009 la empresa SEAGA remite al demandante la siguiente comunicación:

En relación co contrato que, actualmente mantén con SEAGA, e de acordo co establecido no artigo

8.1 do R.D. 2720/98 de 18 de decembro, comunícaselle que o próximo día 15 de xullo de 2009 causará baixa nesta empresa como consecuencia da finalización dos traballos propios da súa categoría e especialidade dentro da abro para a que foi contratado.

A partir de entón terá a súa disposición nas nosas oficinas a correspondiente liquidación e finiquito. (Pregamos confirme previamente a data de recollida).

Noveno

El demandante, al menos desde octubre de 2008, realizó en el Centro de Información ó Agro Galego (CIAG), entre otras, recepción de llamadas de: -incedencias de todo tipo relacionadas con a ganadería, -recepción de solicitudes para cita veterinaria, -identificación animales tales como ovejas y cabras, -avisos de animales lesionados, -permisos de quema de rastrojos: así como llamamientos a personal del SEAGA, papeleo de ensobrar, introducir datos de facturas.

Décimo

El demandante en el CIAG recibía sus órdenes del personal del SEAGA.

Undécimo

La prestación de servicios por parte del demandante no se interrumpía entre contrato y cantrato suscrito.

Duodécimo

Los operadores telefónicos del SEAGA recibían el mismo manual de instrucciones, en el que se recogían instrucciones comunes, así como números telefónicos de distintas instituciones relacionadas con la ganadería, sin distinción de la encomienda que figuraba en sus contratos.

Decimotercero

Por orden de la Consellería de Medio Rural de 8 de junio de 2009 se establece como período de peligro de incendio el comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2009, no concediéndose a partir de dicho momento autorizaciones para quema de rastrojos, informándose de tal circunstancia por los operadores.

Decimocuarto El demandante es elegido Delegado de Personal de la empresa SEAGA en elecciones celebradas el 27 de febrero de 2009 por el sindicato CIG.

Decimoquinto El 3 de agosto de 2009 se celebra ante el SMAC de Santiago de Compostela acta de conciliación con la empresa SEAGA que finaliza sin acuerdo.

Decimosexto En fecha 20 de Julio de 2009 el demandante presenta ante la Xunta de Galicia, reclamación administrativa previa.

TERCERO

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