STSJ Galicia 2400/2010, 11 de Mayo de 2010

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2010:4857
Número de Recurso416/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2400/2010
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 416 /2010

CRS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, ONCE DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000416 /2010 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de A CORUÑA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Emilia en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000931 /2008 sentencia con fecha catorce de Octubre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

  1. -La actora D. Emilia, con DNI no NUM000, nacida el 14-09-1950, figura afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con NUM001, siendo su profesión habitual la de Vendedora Ambulante de Pescado./ 2.- La demandante solicitó a la Entidad Gestora ser declarada en situación de incapacidad permanente, pretensión que fue estimada parcialmente por Resolución de fecha 8 de julio de 2008, que declaró a la actora afecta de Incapacidad Permanente Total./ 3.- La demandante presenta las siguientes dolencias: Espondiloartrosis lumbar con estrechamiento del Canal en L3-45 (13.725). Sinovitis villonodular en rodilla izquierda (13.717) STC izdo leve-moderado. HTA. Hipercolesterolemia. Cervicalgia con parestesias en manos. Síndrome ansioso-depresivo reactivo. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Lumbalgia sin signos objetivos de radiculopatía motora activa actualmente. Limitación de la movilidad del hombro izquierdo (diestra) inferior al 50%. Algias generalizadas en manos con caída de objetos. Gonalgia izquierda./ 4.- El informe del E.V.I son de fecha 2 de julio de 2008./ 5.- La base reguladora asciende a 705,45 euros.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por D. Emilia contra el INSTITUTO NACIONAL DE LASEGURIDAD SOCIAL, declarándola afecta de Incapacidad Permanente Absoluta, derivada de enfermedad común, condenando a la Entidad demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a hacer efectiva la prestación económica inherente a la misma.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- Recurre el INSS la declaración de IPA, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por aplicación indebida del artículo 137 LGSS .

  1. - La censura jurídica ha de ser admitida, ya que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 09/04/10 R. 5209/09, 26/03/10 R. 4840/09, 23/03/10 R. 4676/09, 02/03/10 R. 4423/09, etc.- la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina...

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