STSJ Galicia 2400/2010, 11 de Mayo de 2010
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:4857 |
Número de Recurso | 416/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 2400/2010 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO SUPLICACION 416 /2010
CRS
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.
ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
JOSE ELIAS LOPEZ PAZ
LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
A CORUÑA, ONCE DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación número 0000416 /2010 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de A CORUÑA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
Que según consta en autos se presentó demanda por Emilia en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000931 /2008 sentencia con fecha catorce de Octubre de dos mil nueve por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
-
-La actora D. Emilia, con DNI no NUM000, nacida el 14-09-1950, figura afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con NUM001, siendo su profesión habitual la de Vendedora Ambulante de Pescado./ 2.- La demandante solicitó a la Entidad Gestora ser declarada en situación de incapacidad permanente, pretensión que fue estimada parcialmente por Resolución de fecha 8 de julio de 2008, que declaró a la actora afecta de Incapacidad Permanente Total./ 3.- La demandante presenta las siguientes dolencias: Espondiloartrosis lumbar con estrechamiento del Canal en L3-45 (13.725). Sinovitis villonodular en rodilla izquierda (13.717) STC izdo leve-moderado. HTA. Hipercolesterolemia. Cervicalgia con parestesias en manos. Síndrome ansioso-depresivo reactivo. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Lumbalgia sin signos objetivos de radiculopatía motora activa actualmente. Limitación de la movilidad del hombro izquierdo (diestra) inferior al 50%. Algias generalizadas en manos con caída de objetos. Gonalgia izquierda./ 4.- El informe del E.V.I son de fecha 2 de julio de 2008./ 5.- La base reguladora asciende a 705,45 euros.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por D. Emilia contra el INSTITUTO NACIONAL DE LASEGURIDAD SOCIAL, declarándola afecta de Incapacidad Permanente Absoluta, derivada de enfermedad común, condenando a la Entidad demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a hacer efectiva la prestación económica inherente a la misma.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre el INSS la declaración de IPA, aquietándose al relato de los hechos declarados probados y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por aplicación indebida del artículo 137 LGSS .
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- La censura jurídica ha de ser admitida, ya que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 09/04/10 R. 5209/09, 26/03/10 R. 4840/09, 23/03/10 R. 4676/09, 02/03/10 R. 4423/09, etc.- la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina...
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